Tutorial de envío de artículos:
Tutorial para revisores:
ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN
La Revista Antoniana de Estomatología rechazará cualquier artículo presentado para su publicación, cuando no cumpla con los criterios éticos a los que debe adherirse toda investigación. Las directrices internacionales de ética de la investigación incluyen la Declaración de Helsinki, las directrices elaboradas por la Organización Mundial de la Salud y el Consejo de Organizaciones Internacionales de Ciencias Médicas (CIOMS).
Toda investigación debe incluir lo siguiente:
Investigación en humanos:
Toda investigación enviada para publicación debe cumplir con los principios éticos detallados en la Declaración de Helsinki:
Esta lista es para referencia; sin embargo, se solicita al investigador que lea la Declaración de Helsinki en su totalidad.
Consideraciones específicas sobre población vulnerable:
La Revista Antoniana de Estomatología se adhiere a la Declaración de Helsinki (apartados 19 y 20) en materia de investigación en grupos y poblaciones vulnerables. Específicamente, este grupo de personas puede tener más probabilidades de sufrir abusos o daños adicionales y, por lo tanto, debería recibir protección específica. Además, debe quedar claro que la investigación que se realice sobre ellos debe estar justificada por el hecho de que responde a sus necesidades o prioridades de salud y no puede realizarse en poblaciones no vulnerables.
La Revista Antoniana de Estomatología solicitará que esta información conste expresamente en el documento, pudiendo considerarse la no publicación si no se cumplieran estas normas. Toda investigación sobre grupos vulnerables (niños, mujeres embarazadas, población indígena, entre otros) debe ser aprobada por un comité de ética y especificar en el artículo presentado el uso del consentimiento informado y asentimiento informado cuando corresponda (niños).
ÉTICA DE LA PUBLICACIÓN
La Revista Antoniana de Estomatología se adhiere a las recomendaciones del Committee on Publication Ethics (COPE) y del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE).
De acuerdo con las recomendaciones de COPE, todas las investigaciones:
1. Debe haberse realizado de manera ética y responsable.
2. Deberán presentarse de forma clara, transparente, sin fabricación, falsificación o manipulación de datos.
3. Debe incluir información clara sobre los métodos empleados, sin ambigüedades, para garantizar que los hallazgos puedan ser confirmados por otros (en el caso de estudios de investigación).
4. Debe ser original, libre de plagio y no haber sido publicado previamente en otro medio.
5. Debe indicar que los autores asumen la responsabilidad colectiva por todo el contenido de su publicación.
6. Debe reflejar la autoría y contribución de cada uno de los coautores del trabajo durante el desarrollo de la investigación (autoría honoraria o fantasma, etc.).
7. Debe contener información que detalla claramente todas las fuentes de financiación y cualquier conflicto de intereses.
8. Las modalidades de mala conducta en investigación son: publicación redundante, plagio, revisión por pares manipulada, reutilización de datos, uso de datos sin permiso, conflictos de intereses no declarados, problemas de autoría, entre otras.
El autor correspondiente debe asegurarse de que el envío incluya a todos los autores, en el orden de su preferencia. Cualquier solicitud de cambio, adición o baja de autores deberá estar debidamente justificada. La revista resolverá estas solicitudes con base en los diagramas de flujo de COPE.}
Asimismo, se rige por las normas peruanas referidas a la investigación científica, como las normas legales sobre derechos de autor, acceso abierto y otras relacionadas a los temas de nuestra revista; y específicamente, establece las siguientes normas éticas mínimas que todos los involucrados en el proceso editorial de la Revista Antoniana de Estomatología deben cumplir con el objeto de garantizar la calidad de los contenidos y la integridad moral de la publicación científica.
PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES GENERALES DE LA REVISTA ANTONIANA DE ESTOMATOLOGÍA
2.4. Honestidad
Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista deben actuar con coherencia y sinceridad durante las etapas de evaluación.
2.5. Rigurosidad
Todas las personas que participan en el proceso editorial de la revista deben asumir sus labores con exactitud, precisión y profesionalismo, a fin de garantizar la calidad de los manuscritos.
2.6. Confidencialidad
Toda información o documento relacionado con la postulación de los artículos recibidos es utilizado con carácter confidencial y exclusivamente para los fines del proceso editorial.
RESPONSABILIDADES O COMPORTAMIENTOS DEL AUTOR
Cualquier falta o incumplimiento de los deberes antes mencionados constituye una conducta no ética, por tanto, queda sin efecto la solicitud de publicación del artículo propuesto.
RESPONSABILIDADES O COMPORTAMIENTOS DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO EDITORIAL
RESPONSABILIDADES O COMPORTAMIENTOS DE LOS REVISORES PARES EXTERNOS A LA INSTITUCIÓN
Ante cualquier falta o incumplimiento de los deberes antes mencionados, el Equipo editorial se reserva el derecho de emitir constancia o reconocimiento alguno sobre su participación en calidad de revisor externo.
DENUNCIAS RELATIVAS A UNA INFRACCIÓN ÉTICA, PROCEDIMIENTO Y MEDIDAS
Toda persona que tome conocimiento o haya sido afectada por la comisión de alguna infracción ética puede denunciarla de buena fe y presentar algún medio de convicción al editor de la revista.
Cuando el editor tome conocimiento o reciba una denuncia relativa a una infracción ética, realiza las indagaciones correspondientes a fin de descartar su configuración o, de haber elementos de convicción, emite un informe de observaciones preliminares en el que se detalle de forma clara y precisa las posibles infracciones cometidas. Dependiendo de la naturaleza de la infracción, se realizan las indagaciones necesarias conforme a lo establecido en los principios del COPE.
Los posibles infractores tienen un plazo mínimo de quince días para aclarar, de forma responsable y honesta, las observaciones, las cuales deben enviarse al editor general, quien evalúa las aclaraciones de los posibles infractores a fin de determinar, finalmente, si tales infracciones se configuraron o no.
Una vez recibida la denuncia, el editor de la revista realiza las indagaciones correspondientes y toma alguna de las siguientes medidas:
POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERESES
Los colaboradores de la revista (autores de un artículo y revisores pares externos), así como los miembros del Equipo editorial, deben dar a conocer cualquier conflicto de interés que pudiera influir en el manuscrito o durante la etapa de evaluación y aprobación. La declaración del conflicto de interés incluye las fuentes de financiamiento del manuscrito.
SYNTAGMAS, en caso de controversia, se compromete en caso de controversia a dirimir estos casos a través del Equipo editorial. En todo el proceso editorial, la revista alentará las responsabilidades y buenos comportamientos de colaboradores y miembros del Equipo editorial. Por tanto, exhorta a los autores de artículos a comunicar los conflictos de interés que surjan con su manuscrito. De igual forma, los revisores pares externos se encuentran obligados a declarar cualquier conflicto de interés en la evaluación que realizan. Así también, el Equipo editorial se compromete a tomar decisiones que eviten los conflictos de interés durante el proceso editorial.
POLÍTICA DE QUEJAS Y/O APELACIONES
La revista SYNTAGMAS asiste y resuelve las quejas y/o apelaciones relacionadas con el incumplimiento de algunas de las prácticas señaladas en el proceso editorial.
Siempre que sea posible, las quejas y/o apelaciones serán atendidas por el editor de la revista, y si fuera necesario, por el director del Equipo editorial. En caso el solicitante no esté satisfecho con la decisión del director del Equipo editorial, puede quejarse o apelar ante una instancia mayor, como el Comité de Ética de las Publicaciones (COPE).
Para cualquiera de los casos antes señalados, el interesado debe enviar una carta al editor de la revista al correo: sively.mercado@unsaac.edu.pe, debidamente motivada y justificada.
El editor revisa la carta y da respuesta a la misma en un plazo no mayor de diez días calendario.
INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS ÉTICAS
Cualquier duda sobre el sentido y los alcances de las normas éticas son determinados por el editor y el director de la revista, en coordinación con los miembros del Comité editorial, de acuerdo con los estándares internacionales de ética de la publicación y las fuentes empleadas para la elaboración de dichas normas.
POLÍTICA DE CORRECCIÓN Y RETRACCIÓN DEL ARTÍCULO
La corrección de un artículo publicado es la enmienda del error cometido en el proceso de publicación de los artículos de la Revista Antoniana de Estomatología. Si la enmienda de lo errado es menor, se realiza directamente al artículo original; y si la enmienda de lo errado es mayor, se aplican los siguientes procedimientos:
POLÍTICA SOBRE INTERCAMBIO DE DATOS Y REPRODUCIBILIDAD
La Revista Antoniana de Estomatología comprometida con las prácticas de comunicación de Ciencia Abierta, alienta a los autores al intercambio de información que permita la reproducibilidad y reutilización de datos. Siendo así, exhorta a los autores poner a disposición la mayor cantidad posible de datos subyacentes de su manuscrito (respetando la privacidad de los autores), o mínimamente, los datos necesarios para reproducir los hallazgos presentados en el artículo.
POLÍTICA ANTIPLAGIO
Plagio y malas conductas
La Revista Antoniana de Estomatología considera al plagio como un fraude en la publicación, el cual es definido como: la apropiación de las ideas, procesos, resultados o palabras de otro autor o autores sin el debido reconocimiento; la reutilización de partes significativas de una obra de un autor previamente publicada sin citarla debidamente; la presentación de un trabajo ajeno como propio; la no utilización de comillas o sangría en una cita textual; la dación de información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita; el parafraseo de una fuente sin mencionar la misma; el excesivo parafraseo incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científico son las siguientes:
La Revista Antoniana de Estomatología se adhiere a los principios antiplagio de las normas del Comité de Ética de Publicaciones (COPE). Además, no tolera el plagio, fraudes, ni malas conductas, por lo cual, establece mecanismos para evitarlo y remediarlo. Siendo así:
El plagio se configura bajo las siguientes modalidades:
PLAGIO COMO DELITO
Independientemente de las sanciones previstas en la revista, se debe tomar en cuenta que el plagio se encuentra tipificado como delito en el artículo 219 del Código Penal del Perú, y puede ser sancionado con una pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años. De esta manera, la pena por plagio aplica a todo aquel que copie o reproduzca textualmente una obra o una parte de ella (un párrafo, una idea, algunas líneas, un capítulo o una sección, etc.) y la difunda atribuyéndose como obra o ideas propias.
De otro lado, en el Reglamento de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), aprobada el 23 de junio del 2024, la sección “Faltas a la ética en la investigación” establece multas muy altas por cometer plagio, tales como:
FALTA GRAVE: Involucra suspensión de pertenencia al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, por un período de hasta cinco años; y/o multa hasta 96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (aproximadamente US$133,000).
FALTA GRAVE: Suspensión de pertenencia al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, por un período de hasta cinco años; y/o multa hasta 96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (aproximadamente US$133,000).
FALTA MUY GRAVE: Expulsión definitiva del SINACTI y/o multa hasta 320 UIT.
eISSN: 3084-7389
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
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