Normas Éticas

ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN

La Revista Antoniana de Estomatología rechazará cualquier artículo presentado para su publicación, cuando no cumpla con los criterios éticos a los que debe adherirse toda investigación. Las directrices internacionales de ética de la investigación incluyen la Declaración de Helsinki, las directrices elaboradas por la Organización Mundial de la Salud y el Consejo de Organizaciones Internacionales de Ciencias Médicas (CIOMS).

Toda investigación debe incluir lo siguiente:

  1. Si la investigación se realizó en seres humanos, se deberá hacer constar expresamente que los procedimientos involucrados se realizaron respetando las pautas éticas contenidas en la Declaración de Helsinki; y, en el caso de animales, con los lineamientos para el cuidado y uso de animales de laboratorio de las Academias Nacionales de Ciencias, Ingeniería y Medicina.
  2. Si el estudio fue aprobado o no por un comité de ética.
    No es necesaria la evaluación de un comité ético cuando el estudio se deriva de la evaluación de bases de datos públicas secundarias (encuestas nacionales, etc.), investigaciones de emergencia sanitaria (brotes, epidemias, etc.), etc. El Comité Editorial tomará su decisión. sobre una base de caso por caso.

Investigación en humanos:

Toda investigación enviada para publicación debe cumplir con los principios éticos detallados en la Declaración de Helsinki:

  1. La investigación se realizó cumpliendo con estándares éticos que garantizaron el respeto a los participantes y la protección de su salud y derechos individuales (numeral 7).
  2. El objetivo de la investigación nunca prevaleció sobre los derechos e intereses del participante (numeral 8).
  3. El investigador cumplió con su deber de proteger la vida, la salud, la dignidad, la integridad, el derecho a la autodeterminación, la privacidad y la confidencialidad de la información personal de los participantes. Además, esta responsabilidad recaía en un médico u otro profesional de la salud y nunca en el participante (numeral 9).
  4. La investigación se realizó de tal manera que se minimizara al máximo cualquier posible daño al medio ambiente (numeral 11).
  5. Los investigadores contaron con la competencia profesional (académica, científica y ética) para realizar la investigación. Además, si la investigación se realizó con pacientes sanos o voluntarios, la supervisión la realizó un médico o profesional de la salud competente y calificado (numeral 12).
  6. Si la investigación ocurrió en conjunto con la atención médica habitual, la participación se justificaba en la medida en que existiera un potencial beneficio preventivo, diagnóstico o terapéutico y si el investigador creía que la participación no afectaría negativamente la salud de los participantes (numeral 14).
  7. Los participantes recibieron compensación y tratamiento adecuado cuando sufrieron algún daño durante su participación en la investigación (numeral 15).
  8. La importancia del objetivo de la investigación fue mayor que el riesgo y los costos para los participantes (numeral 16).
  9. Los riesgos fueron evaluados adecuadamente y se tomaron medidas para reducirlos satisfactoriamente (numeral 18).
  10. Se protegió explícitamente a grupos y personas vulnerables (numeral 19).
  11. La investigación sobre grupos vulnerables se justificó en que la investigación respondió a sus necesidades o prioridades (numeral 20).
  12. La investigación se conformó a los principios científicos generalmente aceptados y sustentada en un conocimiento profundo de la bibliografía (numeral 21).
  13. Se describe claramente el proyecto y método del estudio (numeral 22).
  14. La investigación fue aprobada por el comité de ética correspondiente antes de iniciar el estudio (numeral 23).
  15. La persona incluida en la investigación aceptó participar libre y voluntariamente; la aceptación quedó plasmada en el consentimiento informado (numerales 25 y 26).

Esta lista es para referencia; sin embargo, se solicita al investigador que lea la Declaración de Helsinki en su totalidad.

Consideraciones específicas sobre población vulnerable:

La Revista Antoniana de Estomatología se adhiere a la Declaración de Helsinki (apartados 19 y 20) en materia de investigación en grupos y poblaciones vulnerables. Específicamente, este grupo de personas puede tener más probabilidades de sufrir abusos o daños adicionales y, por lo tanto, debería recibir protección específica. Además, debe quedar claro que la investigación que se realice sobre ellos debe estar justificada por el hecho de que responde a sus necesidades o prioridades de salud y no puede realizarse en poblaciones no vulnerables.

La Revista Antoniana de Estomatología solicitará que esta información conste expresamente en el documento, pudiendo considerarse la no publicación si no se cumplieran estas normas. Toda investigación sobre grupos vulnerables (niños, mujeres embarazadas, población indígena, entre otros) debe ser aprobada por un comité de ética y especificar en el artículo presentado el uso del consentimiento informado y asentimiento informado cuando corresponda (niños).

ÉTICA DE LA PUBLICACIÓN

La Revista Antoniana de Estomatología se adhiere a las recomendaciones del Committee on Publication Ethics (COPE) y del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE).

De acuerdo con las recomendaciones de COPE, todas las investigaciones:

1. Debe haberse realizado de manera ética y responsable.
2. Deberán presentarse de forma clara, transparente, sin fabricación, falsificación o manipulación de datos.
3. Debe incluir información clara sobre los métodos empleados, sin ambigüedades, para garantizar que los hallazgos puedan ser confirmados por otros (en el caso de estudios de investigación).
4. Debe ser original, libre de plagio y no haber sido publicado previamente en otro medio.
5. Debe indicar que los autores asumen la responsabilidad colectiva por todo el contenido de su publicación.
6. Debe reflejar la autoría y contribución de cada uno de los coautores del trabajo durante el desarrollo de la investigación (autoría honoraria o fantasma, etc.).
7. Debe contener información que detalla claramente todas las fuentes de financiación y cualquier conflicto de intereses.
8. Las modalidades de mala conducta en investigación son: publicación redundante, plagio, revisión por pares manipulada, reutilización de datos, uso de datos sin permiso, conflictos de intereses no declarados, problemas de autoría, entre otras.

El autor correspondiente debe asegurarse de que el envío incluya a todos los autores, en el orden de su preferencia. Cualquier solicitud de cambio, adición o baja de autores deberá estar debidamente justificada. La revista resolverá estas solicitudes con base en los diagramas de flujo de COPE.}

Asimismo, se rige por las normas peruanas referidas a la investigación científica, como las normas legales sobre derechos de autor, acceso abierto y otras relacionadas a los temas de nuestra revista; y específicamente, establece las siguientes normas éticas mínimas que todos los involucrados en el proceso editorial de la Revista Antoniana de Estomatología deben cumplir con el objeto de garantizar la calidad de los contenidos y la integridad moral de la publicación científica.

PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES GENERALES DE LA REVISTA ANTONIANA DE ESTOMATOLOGÍA 

  1. Principios
    1.1 Respeto
    Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista mantienen una relación de respeto en dicho proceso.

    1.2. Probidad

    Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista actúan con rectitud, honradez y honestidad, evitando cualquier provecho o ventaja personal.

    1.3. Participación

    La revista brinda las condiciones necesarias para que investigadores, profesionales y comunidad universitaria participen en la postulación de artículos.

    1.4. Estandarización

    Todos los artículos cumplen con las estructuras establecidas en las pautas o normas para el autor del manuscrito ubicadas dentro de la sección Normas para autores.
    1.5. Predictibilidad
    Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista cuentan con información completa y confiable que permite la comprensión de las directrices y normas editoriales.
  1. Deberes
    2.1. Neutralidad
    Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista deben demostrar imparcialidad en el desempeño de sus funciones.
    2.2. Transparencia
    Todas las personas que participan en el proceso editorial de la revista deben brindar información completa, fidedigna y oportuna durante el proceso editorial.
    2.3. Responsabilidad
    Todas los involucrados en el proceso editorial de la revista deben asumir de manera responsable el cumplimiento de sus funciones exigidas en las Normas de evaluación.

2.4. Honestidad
Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista deben actuar con coherencia y sinceridad durante las etapas de evaluación.
2.5. Rigurosidad
Todas las personas que participan en el proceso editorial de la revista deben asumir sus labores con exactitud, precisión y profesionalismo, a fin de garantizar la calidad de los manuscritos.
2.6. Confidencialidad
Toda información o documento relacionado con la postulación de los artículos recibidos es utilizado con carácter confidencial y exclusivamente para los fines del proceso editorial.

  1. Prohibiciones
    3.1. Conflicto de intereses
    Todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista deben evitar las situaciones de conflicto de interés personal, académico, financiero, comercial u otro que pueda influir en el resultado de la evaluación del artículo.
    3.2. Postulación múltiple
    El autor debe comprometerse a no presentar el artículo para su publicación a otra revista, libro o cualquier otro medio o plataforma de difusión hasta recibir la decisión del Equipo editorial, sea de publicación o rechazo.
    3.3. Mal uso del nombre de la revista
    El autor solo podrá incluir públicamente el nombre de la revista cuando su artículo sea calificado como “aprobado para su publicación” y sea visible en la plataforma de la revista.
    3.4. Invención de datos en el artículo
    El autor no debe incluir en su artículo datos falsos, sean relacionados con las citas, cálculos u otros.
    3.5. Ofensas o uso de lenguaje impropio
    Todo trato ofensivo o uso de lenguaje impropio en los artículos o comunicaciones con el autor corresponsal serán calificados como actos no académicos, ajenos al proceso editorial.

RESPONSABILIDADES O COMPORTAMIENTOS DEL AUTOR

  • Presentar los resultados de sus investigaciones de manera clara, honesta, ética, responsable y sin fabricación, falsificación o manipulación inadecuada de los datos, cumpliendo todas las indicaciones señaladas en las pautas para el envío del manuscrito ubicadas dentro de la sección Normas para autores.
  • Describir los métodos utilizados en la investigación de manera clara e inequívoca para que otros investigadores puedan confirmar sus hallazgos y puedan ser repetibles y reproducibles.
  • Suministrar la correcta indicación de las fuentes y aportes a los que se hace mención en el manuscrito.
  • Asumir la obligación moral del contenido de la versión final del manuscrito, por lo que, cualquier mala conducta en autoría que sea descubierta es denunciada en cualquier parte del proceso editorial y conllevará al retiro definitivo del manuscrito.
  • Proporcionar retractaciones o correcciones de errores, en caso de detección.
  • Definir el rol del autor corresponsal (autor con el que se mantendrá una comunicación continua durante el proceso editorial) e indicar con precisión las contribuciones de cada autor del artículo antes de iniciar el proceso de envío del manuscrito
  • Enviar la declaración de autoría y originalidad firmada, donde sustente que el artículo es un manuscrito original e inédito, que no está en proceso de publicación en otra revista, además de aceptar la política de acceso abierto y haber leído las Normas de evaluación.
  • Señalar de manera expresa si existe o no algún conflicto de interés personal, académico, financiero, comercial u otro que pueda influir en el resultado de la evaluación del artículo.
  • Garantizar el cumplimiento y aceptación de las Normas de evaluación establecidas por la revista, así como las observaciones señaladas por los revisores pares.
  • Respetar la autoría original de la información utilizada en su manuscrito, por ello, todas las fuentes deben presentarse correctamente citadas en estilo APA séptima edición.
  • Asegurar la originalidad de los manuscritos remitidos a la revista y que sean investigaciones inéditas.
  • Comprometerse a no presentar el artículo para su publicación a otra revista, libro o cualquier otro medio o plataforma de difusión hasta recibir la decisión del Equipo editorial, sea de publicación o rechazo.
  • Mantener una comunicación profesional y respetuosa con el Equipo editorial de la revista durante todo el proceso editorial.

Cualquier falta o incumplimiento de los deberes antes mencionados constituye una conducta no ética, por tanto, queda sin efecto la solicitud de publicación del artículo propuesto.

RESPONSABILIDADES O COMPORTAMIENTOS DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO EDITORIAL

  • Garantizar la imparcialidad durante el proceso de evaluación del manuscrito
  • Asegurar la comunicación efectiva con los autores sobre los resultados del proceso editorial
  • Verificar que los manuscritos recibidos no incurran en plagios, fraudes, ni malas conductas, para lo cual, establece mecanismos para evitarlo y remediarlo en el marco de la política antiplagio.
  • Publicar aclaraciones o correcciones de los artículos publicados en la versión electrónica o impresa de SYNTAGMAS, ante cualquier caso señalado en los lineamientos del Committee on Publication Ethics
  • Estar dispuestos a publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones y disculpas cuando sea necesario
  • Garantizar la confidencialidad del proceso de evaluación doble ciego
  • Decidir acerca de los artículos a publicarse en la revista
  • Evaluar los artículos y su contenido sin distinción de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad o filosofía política de los autores
  • Adoptar políticas editoriales que fomenten la máxima transparencia y la información completa y honesta
  • Aceptar o rechazar artículos de acuerdo con la pertinencia temática, las consideraciones académicas y/o las políticas editoriales establecidas para el cumplimiento del propósito de la revista
  • Velar por la calidad, rigor científico y originalidad de los manuscritos
  • Garantizar que los manuscritos sean arbitrados por revisores pares idóneos en el tema, con una trayectoria de publicaciones en altas bases de datos, y evitar todo posible conflicto de intereses
  • Aceptar o rechazar artículos de acuerdo con la pertinencia temática, las consideraciones académicas y/o las políticas editoriales establecidas para el cumplimiento del propósito de la revista

 RESPONSABILIDADES O COMPORTAMIENTOS DE LOS REVISORES PARES EXTERNOS A LA INSTITUCIÓN

  • Garantizar el cumplimiento y aceptación de las Normas de evaluación https://revistas.unsaac.edu.pe/index.php/syntagmas/evaluation establecidas por la Revista Antoniana de Estomatología.
  • Realizar la examinación del artículo de acuerdo con las Normas de evaluación, guardando confidencialidad, objetividad e imparcialidad antes, durante y después de la evaluación del manuscrito
  • Reservar la confidencialidad de los datos o información contenidos en el manuscrito. El revisor par externo no puede utilizar los datos o la información obtenidos del manuscrito y utilizarlos en beneficio propio
  • No emitir opinión sobre el manuscrito basada en cualquier tipo de discriminación (racial, política, ideológica, religiosa o cultural)
  • Realizar una evaluación metódica y rigurosa del manuscrito
  • Evaluar los manuscritos en el menor tiempo posible a efectos de cumplir los plazos de entrega
  • Comunicar al Equipo editorial cualquier circunstancia que considere pueda impedir la realización de la examinación del artículo
  • Señalar con precisión las referencias bibliográficas de obras fundamentales posiblemente dejadas de lado u olvidadas por el autor
  • Advertir al Equipo editorial de la revista acerca de cualquier similitud o solapamientos del manuscrito con otros trabajos publicados
  • Dar razones suficientes sobre la evaluación del manuscrito, utilizando siempre el formato de revisión

Ante cualquier falta o incumplimiento de los deberes antes mencionados, el Equipo editorial se reserva el derecho de emitir constancia o reconocimiento alguno sobre su participación en calidad de revisor externo.

DENUNCIAS RELATIVAS A UNA INFRACCIÓN ÉTICA, PROCEDIMIENTO Y MEDIDAS

Toda persona que tome conocimiento o haya sido afectada por la comisión de alguna infracción ética puede denunciarla de buena fe y presentar algún medio de convicción al editor de la revista.

Cuando el editor tome conocimiento o reciba una denuncia relativa a una infracción ética, realiza las indagaciones correspondientes a fin de descartar su configuración o, de haber elementos de convicción, emite un informe de observaciones preliminares en el que se detalle de forma clara y precisa las posibles infracciones cometidas. Dependiendo de la naturaleza de la infracción, se realizan las indagaciones necesarias conforme a lo establecido en los principios del COPE.

Los posibles infractores tienen un plazo mínimo de quince días para aclarar, de forma responsable y honesta, las observaciones, las cuales deben enviarse al editor general, quien evalúa las aclaraciones de los posibles infractores a fin de determinar, finalmente, si tales infracciones se configuraron o no.

Una vez recibida la denuncia, el editor de la revista realiza las indagaciones correspondientes y toma alguna de las siguientes medidas:

  1. Medidas frente a los autores
    Rechazo del manuscrito postulado y la comunicación de lo sucedido a la institución a la cual el autor se encuentre afiliado. Adicionalmente, se puede tomar alguna de las siguientes medidas, dependiendo de la gravedad de los hechos:
  1. Prohibición temporal para postular un nuevo artículo, con plazo máximo entre uno a tres años
  2. Publicación de una nota sobre el caso en la página web y en las redes sociales de la revista

  1. Medidas frente a los miembros del Equipo editorial
    Si un miembro del Equipo editorial de la revista comete alguna infracción ética, tiene que pedir disculpas públicas o renunciar, en función de la magnitud de su infracción, sin perjuicio de comunicar lo sucedido a la institución promotora de la revista o a la institución a la cual esté afiliado.

  2. Medidas frente a los revisores pares externos
    Si un revisor par externo comete alguna infracción ética, sin perjuicio de calificarlo negativamente en la base de datos de revisores, se comunica lo sucedido a la institución a la cual está afiliado. Adicionalmente, dependiendo de la gravedad de los hechos puede tomarse alguna de las siguientes medidas:
  1. Exclusión de la nómina de revisores externos
  2. Publicación de una nota sobre el caso

POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERESES

Los colaboradores de la revista (autores de un artículo y revisores pares externos), así como los miembros del Equipo editorial, deben dar a conocer cualquier conflicto de interés que pudiera influir en el manuscrito o durante la etapa de evaluación y aprobación. La declaración del conflicto de interés incluye las fuentes de financiamiento del manuscrito.

SYNTAGMAS, en caso de controversia, se compromete en caso de controversia a dirimir estos casos a través del Equipo editorial. En todo el proceso editorial, la revista alentará las responsabilidades y buenos comportamientos de colaboradores y miembros del Equipo editorial. Por tanto, exhorta a los autores de artículos a comunicar los conflictos de interés que surjan con su manuscrito. De igual forma, los revisores pares externos se encuentran obligados a declarar cualquier conflicto de interés en la evaluación que realizan. Así también, el Equipo editorial se compromete a tomar decisiones que eviten los conflictos de interés durante el proceso editorial.


POLÍTICA DE QUEJAS Y/O APELACIONES

La revista SYNTAGMAS asiste y resuelve las quejas y/o apelaciones relacionadas con el incumplimiento de algunas de las prácticas señaladas en el proceso editorial.

  1. Si la queja y/o apelación se relaciona con la no publicación del manuscrito, el editor evaluará los argumentos de manera minuciosa sin que ello implique compromiso de publicación. 
  2. Si la queja y/o apelación está relacionada con casos de plagio, el editor utilizará el software antiplagio Turnitin para su determinación.
  3. Si la queja y/o apelación está referida a los resultados de la evaluación del revisor par externo, el editor verificará los argumentos del autor y, en caso sea necesario, solicitará, la evaluación de un nuevo revisor par externo.

Siempre que sea posible, las quejas y/o apelaciones serán atendidas por el editor de la revista, y si fuera necesario, por el director del Equipo editorial. En caso el solicitante no esté satisfecho con la decisión del director del Equipo editorial, puede quejarse o apelar ante una instancia mayor, como el Comité de Ética de las Publicaciones (COPE).

Para cualquiera de los casos antes señalados, el interesado debe enviar una carta al editor de la revista al correo: sively.mercado@unsaac.edu.pe, debidamente motivada y justificada.

El editor revisa la carta y da respuesta a la misma en un plazo no mayor de diez días calendario.

INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS ÉTICAS

Cualquier duda sobre el sentido y los alcances de las normas éticas son determinados por el editor y el director de la revista, en coordinación con los miembros del Comité editorial, de acuerdo con los estándares internacionales de ética de la publicación y las fuentes empleadas para la elaboración de dichas normas.

POLÍTICA DE CORRECCIÓN Y RETRACCIÓN DEL ARTÍCULO

La corrección de un artículo publicado es la enmienda del error cometido en el proceso de publicación de los artículos de la Revista Antoniana de Estomatología.  Si la enmienda de lo errado es menor, se realiza directamente al artículo original; y si la enmienda de lo errado es mayor, se aplican los siguientes procedimientos:

  1. Erratas
    Las erratas son las equivocaciones materiales cometidas por el Editor en el artículo, errores que vulneran la integridad académica del artículo registrado, la reputación del autor e incluso de la propia revista. De esta manera, se publica un aviso de errata cuando sea necesario corregir uno de los errores señalados, el mismo que debe detallar en forma clara el error y los cambios que se realizaron en el manuscrito. Siendo así, la errata se registra en línea de manera gratuita y debe enlazarse con el artículo corregido.

  2. Correcciones
    Las correcciones o enmiendas son notificaciones de un error significativo cometido por el autor del artículo. Dichas correcciones deben ser aprobadas por el Editor de la revista, registradas en línea de manera gratuita, y enlazarse con el artículo.

  3. Retracciones
    Si la Revista Antoniana de Estomatología  detecta y confirma casos de plagio, fraude o alguna falta ética de publicación, el Equipo editorial rechaza o retracta el artículo y procede según los lineamientos y recomendaciones del Committee on Publication Ethics (COPE - http://publicationethics.org/) que contempla la determinación de la falta del autor o autores, así como la ocurrencia del mal comportamiento.

    La retracción del manuscrito consiste en la comunicación al autor, a los demás autores, a la institución a la que pertenece, a la entidad fuente del financiamiento, al comité de ética de su institución, a otras revistas científicas acerca de la decisión del Equipo editorial.

    El artículo retractado es reemplazado por un archivo que en marca de agua indicará article retracted y el resumen será reemplazado por una explicación del caso y la exhortación para que no sea citado, quedando el resto de la información sin modificaciones. Asimismo, se comunicará a las bases de datos de lo acontecido, y en el siguiente número de la revista, se publica una nota de retracción, la cual tendrá el mismo título del artículo y el resumen incluido en el artículo retractado.

POLÍTICA SOBRE INTERCAMBIO DE DATOS Y REPRODUCIBILIDAD

La Revista Antoniana de Estomatología comprometida con las prácticas de comunicación de Ciencia Abierta, alienta a los autores al intercambio de información que permita la reproducibilidad y reutilización de datos. Siendo así, exhorta a los autores poner a disposición la mayor cantidad posible de datos subyacentes de su manuscrito (respetando la privacidad de los autores), o mínimamente, los datos necesarios para reproducir los hallazgos presentados en el artículo.


POLÍTICA ANTIPLAGIO

Plagio y malas conductas
La Revista Antoniana de Estomatología considera al plagio como un fraude en la publicación, el cual es definido como: la apropiación de las ideas, procesos, resultados o palabras de otro autor o autores sin el debido reconocimiento; la reutilización de partes significativas de una obra de un autor previamente publicada sin citarla debidamente; la presentación de un trabajo ajeno como propio; la no utilización de comillas o sangría en una cita textual; la dación de información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita; el parafraseo de una fuente sin mencionar la misma; el excesivo parafraseo incluso si se menciona la fuente.

Las prácticas constitutivas de fraude científico son las siguientes:

  • Fabricación (invención de datos o resultados), falsificación u omisión de datos (manipulación de los materiales de investigación, equipos, procesos para alterar los datos o resultados, así como también el cambio u omisión de datos o resultados) y plagio.
  • Publicación duplicada o redundantes. Aquella publicación de un manuscrito cuyo contenido es sustancialmente similar al de otro previamente publicado.
  • Conflictos de autoría. Referidos al tipo de contribución: quiénes realmente son los autores del manuscrito, el número de autores, el orden en el que aparecen en el artículo (autor principal/coautores), la autoría fantasma, la disputa de autoría o la autoría inmerecida. La no determinación de la autoría antes o durante el desarrollo de la investigación puede ocasionar conflictos entre los responsables de un manuscrito.

La Revista Antoniana de Estomatología se adhiere a los principios antiplagio de las normas del Comité de Ética de Publicaciones (COPE). Además, no tolera el plagio, fraudes, ni malas conductas, por lo cual, establece mecanismos para evitarlo y remediarlo. Siendo así:

  • Durante el proceso editorial, la revista evita la publicación de plagios, fraudes y malas conductas utilizando la opinión de pares y la revisión de textos, a través del programa Turnitin. Si el índice de similitudes es superior al 10%, se considera comprometida la originalidad del manuscrito y se comunica al autor que no puede ser aceptada para someterse a evaluación y se finaliza el proceso editorial de forma inmediata. 
  • Posterior a su publicación, si el Equipo editorial detecta o se alerta y confirma casos de plagios, fraudes o malas conductas, procede según los lineamientos y recomendaciones del Comité de Ética de Publicaciones pudiendo ejecutar la retracción del artículo.

El plagio se configura bajo las siguientes modalidades:

  1. Plagio directo o textual
    Cuando el plagio implica la copia, total o parcial, de una obra no atribuible al autor sin citarla debidamente con comillas o sangría, según se requiera, en el manuscrito presentado.

  2. Autoplagio o duplicación
    Cuando un autor reutiliza partes de su obra previamente publicada sin citarla debidamente con comillas o sangría, según se requiera, en el artículo postulado. Incluso, en algunas oportunidades, se utilizan palabras distintas para hacer parecer en otro sentido.

  3. Plagio por paráfrasis y plagio de paráfrasis
    El plagio por paráfrasis ocurre cuando el plagio implica la paráfrasis de una obra no atribuible al autor sin citarla debidamente en el artículo postulado.
    El plagio de paráfrasis se configura cuando se plagia alguna paráfrasis realizada en una obra ajena, sin consignar a su autor. Esta infracción ocurre incluso si se consigna debidamente, al final del texto, las fuentes objeto de la paráfrasis.

  4. Plagio de citas
    Cuando el autor copia las citas textuales o las paráfrasis realizadas en otra obra, las cuales, analizadas en conjunto, muestran que han sido tomadas de dicha obra.

  5. Plagio híbrido
    Cuando el plagio implica la combinación o mezcla de citas de distintas obras, conjugándolas en una misma oración o párrafo sin mencionar a los autores. Esta infracción puede configurarse incluso si en estas oraciones o párrafos se cita correctamente algunas de las obras empleadas con el fin de disimular la infracción.

  6. Plagio de figuras o tablas
    Toda figura o tabla debe consignar su fuente de manera correcta; de lo contrario, es considerado como plagio. En el caso de figuras y tablas de elaboración propia, su contenido, de provenir de otra fuente, por lo que debe seguir las reglas de citación.

  7. Plagio de obras no publicadas o similares
    La obligación de citar debidamente se extiende a las obras que no han sido publicadas, las comunicaciones vía correo electrónico u otros supuestos. En consecuencia, es considerado plagio no consignar tales fuentes, las cuales requieren, además, del consentimiento expreso, claro y previo de sus autores para ser empleadas.

  8. Plagio por traducción
    Cuando se traduce ideas, procesos, resultados o palabras de otro autor o autores para emplearlas en el manuscrito, sin haberlas citado adecuadamente.

PLAGIO COMO DELITO

Independientemente de las sanciones previstas en la revista, se debe tomar en cuenta que el plagio se encuentra tipificado como delito en el artículo 219 del Código Penal del Perú, y puede ser sancionado con una pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años. De esta manera, la pena por plagio aplica a todo aquel que copie o reproduzca textualmente una obra o una parte de ella (un párrafo, una idea, algunas líneas, un capítulo o una sección, etc.) y la difunda atribuyéndose como obra o ideas propias.

De otro lado, en el Reglamento de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), aprobada el 23 de junio del 2024, la sección “Faltas a la ética en la investigación” establece multas muy altas por cometer plagio, tales como:

  • Plagiar total    o    parcialmente    documentos de otros autores o de su misma autoría (artículos científicos, libros, capítulos de libros u otras publicaciones científicas) o patentes o certificados de obtentor de terceros

FALTA GRAVE: Involucra suspensión de pertenencia al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, por un período de hasta cinco años; y/o multa hasta 96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (aproximadamente US$133,000).

  • Plagiar, falsificar y/o   fabricar   datos, pruebas, métodos, fuentes, resultados y/o descubrimientos    en    las    diferentes    fases de la investigación científica, incluyendo la publicación.

FALTA GRAVE: Suspensión de pertenencia al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, por un período de hasta cinco años; y/o multa hasta 96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (aproximadamente US$133,000).

  • Comprar la autoría de una o más publicaciones científicas y/o vender la autoría de una o más publicaciones científicas.

FALTA MUY GRAVE: Expulsión definitiva del SINACTI y/o multa hasta 320 UIT.