El silencio con valor jurídico
Abstract
Contra el interesado y apresurado adagio de que: “quien calla otorga”, un cauto aforismo romano ajustado a la realidad, llega a esta salomónica conclusión: “Qui tocet, non utique fatetur, sed tamen a verum est cum non negare.” (El que calla, no afirma ciertamente, pero la verdad es que tampoco niega).
El clasicismo jurídico también quiso extraer consecuencias jurídicas al silencio, al decir: “Taciturnitas imitator confessionem” (El silencio se asemeja a la confesión). En verdad, constituye actitud frecuente en los procesados mostrarse primeros sorprendidos por la acusación o las sospechas y declararse totalmente ajenos a los hechos, para luego negar los cargos más adelante comprometidos por sus contradicciones o abrumados por otras pruebas, guardar silencio, y por último, ante la inutilidad de seguir mintiendo o abrumado por los remordimientos, confesar de plano.
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References
B. Cabanellas. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Vol. VII. 15, Edic. 1,982.
Briseño Sierra, Humberto. El Proceso Administrativo en Iberoamérica. UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas. México 1,968.
Lohmann Luca de Tena, Guillermo, El Negocio Jurídico. 2da. Edic. 1,994. Editora Jurídica GRIJLEY s.r.Ltda.
Leon Baradiarán, José. Tratado de Derecho Civil, Tomo II, Acto Jurídico, concordado con el C.Civil de 1,984. Lima, WG Editores. 1991.
Zavala Loayza, citado por Guzmán Ferrer, Fernando. Código de Procedimientos Penales, Concordancias y conentarios, pág. 279. Edición, Cultural Cuzco S.A. 1,982.
Constitución Política del Perú, de 1,979.
Constitución Política del Perú, de 1,933.
Código Civil peruano de 1,984.
Código Tributario (TUO DS. No. 135-99-EF)
Ley de Normas Generales de Procedimientos Admnistrativos (TUO D.S.No.02-94-JUS.
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