El silencio con valor jurídico
Abstract
Contra el interesado y apresurado adagio de que: “quien calla otorga”, un cauto aforismo romano ajustado a la realidad, llega a esta salomónica conclusión: “Qui tocet, non utique fatetur, sed tamen a verum est cum non negare.” (El que calla, no afirma ciertamente, pero la verdad es que tampoco niega).
El clasicismo jurídico también quiso extraer consecuencias jurídicas al silencio, al decir: “Taciturnitas imitator confessionem” (El silencio se asemeja a la confesión). En verdad, constituye actitud frecuente en los procesados mostrarse primeros sorprendidos por la acusación o las sospechas y declararse totalmente ajenos a los hechos, para luego negar los cargos más adelante comprometidos por sus contradicciones o abrumados por otras pruebas, guardar silencio, y por último, ante la inutilidad de seguir mintiendo o abrumado por los remordimientos, confesar de plano.
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