La responsabilidad proactiva en la normativa peruana de protección de datos personales

  • Raúl Vásquez Rodríguez
Palabras clave: protección de datos personales, responsabilidad proactiva

Resumen

Con la entrada en vigor del Reglamento 2016/679, comenzó a regir el principio de Responsabilidad Proactiva para el tratamiento de datos personales, redirigiendo el enfoque de las obligaciones hacia objetivos relacionados con la permanente prevención y la capacidad de rendición de cuentas sobre las obligaciones; a fin de garantizar de manera más eficiente la protección de los derechos de las personas sobre la privacidad.
Dicha circunstancia actual lleva a preguntarse si en el ordenamiento jurídico peruano existen previsiones referidas a la protección de datos personales que conlleven la exigencia de adoptar medidas, políticas y hábitos preventivos respecto de la privacidad; y si podría hablarse de un principio de responsabilidad proactiva en un momento dado.

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Biografía del autor/a

Raúl Vásquez Rodríguez

Abogado y Magíster en Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con especialización en Derecho Administrativo por la Universidad de Salamanca. Miembro del Colegio de Abogados de Lima.

Publicado
2022-03-20
Cómo citar
Vásquez Rodríguez, R. (2022). La responsabilidad proactiva en la normativa peruana de protección de datos personales. YachaQ: Revista De Derecho, (13), 25-37. https://doi.org/10.51343/yq.vi13.913
Sección
MULTIDISCIPLINARIA