Normas de evaluación y pautas éticas
Derecho de autor y propiedad intelectual
La revista reconoce los derechos de autor basado en la licencia Creative Commons CC-BY.
Directrices éticas para la publicació en Kamay
La publicación de un artículo revisado previamente por los pares de la Revista de Filosofía KAMAY, es un elemento esencial en el desarrollo de una red coherente y respetuosa frente al conocimiento. Esta refleja directamente la calidad del trabajo de los autores y las instituciones que los apoyan. Los artículos revisados por pares apoyan y representan el método filosófico (con la sistematicidad y fundamentación que la caracteriza). Por ello es importante ponerse de acuerdo sobre las normas de comportamiento éticas que deben tener todas las partes involucradas en el proceso de cada publicación original, como son: el autor, el editor de la revista, los pares revisores, la editorial y la sociedad.
La Revista de Filosofía KAMAY, respetuosa de sus deberes en todas las etapas de una publicación seria, declara el reconocimiento de sus propias responsabilidades éticas y la de sus pares. Se compromete en asegurar que la publicidad, reimpresión u otros intereses no tengan impacto o influencia en las decisiones editoriales. El Consejo Editorial de la revista se apoya en la comunicación con otras revistas o editores, siempre que sea útil y necesario.
DEBERES DE LOS AUTORES
A) Definición de autor. La Revista de Filosofía KAMAY reconoce como autor o autora a toda persona que haya contribuido de manera sustantiva, intelectual y creativa a la elaboración de un trabajo académico. Para determinar la autoría se seguirán los lineamientos del Committee on Publication Ethics (COPE), que establecen tres criterios fundamentales:
a) participación activa en la concepción del estudio, el diseño metodológico o el análisis crítico de los datos;
b) participación significativa en la redacción del manuscrito o en la revisión sustantiva de su contenido filosófico, conceptual o bibliográfico;
c) aprobación de la versión final del texto antes de su envío a la revista.
La autoría implica responsabilidad ética y académica sobre el contenido del trabajo. En ningún caso se aceptará la inclusión de autores honorarios, ficticios o que no hayan tenido una contribución verificable. Los autores deben ser conscientes de que su nombre representa una garantía de rigor intelectual, honestidad y compromiso con la comunidad académica.
B) Normas de información. Los autores están obligados a presentar una descripción precisa, clara y verificable del trabajo realizado. Los artículos de investigación deben contener una exposición rigurosa de los objetivos, fundamentos teóricos, metodología, resultados y conclusiones, con un nivel de detalle suficiente que permita a otros investigadores replicar o ampliar el estudio.
En el caso de los artículos de reflexión filosófica, ensayos o reseñas críticas, se exige la misma precisión conceptual, argumentativa y documental, así como el uso responsable de fuentes. Las afirmaciones inexactas, las omisiones intencionadas de datos o la manipulación de resultados constituyen conductas éticamente inaceptables.
La transparencia y la fidelidad al objeto de estudio son valores esenciales para la práctica filosófica y científica que promueve KAMAY.
C) Retención y acceso a los datos. Los autores deben conservar los materiales, fuentes o datos utilizados en la investigación y ponerlos a disposición del Comité Editorial cuando sean requeridos. Asimismo, deben garantizar la accesibilidad o trazabilidad de dichos datos una vez publicado el trabajo, especialmente si se trata de corpus filosóficos, testimonios, encuestas o materiales de archivo.
La revista valora la apertura y transparencia como pilares del conocimiento filosófico, promoviendo la reproducibilidad de los argumentos y la honestidad en la presentación de las fuentes.
D) Originalidad y plagio. Los autores deben asegurar que sus manuscritos son producto de un trabajo original e inédito. Si se emplean ideas, fragmentos textuales o argumentos provenientes de otras obras, estos deben ser citados de manera explícita siguiendo el formato APA 7ª edición.
El plagio (ya sea por copia literal, parafraseo sin reconocimiento o apropiación de ideas ajenas) constituye una falta grave contra la ética académica. KAMAY utiliza programas de detección de similitud (como Turnitin) para evaluar todos los manuscritos recibidos.
Se admite un máximo de 10 % de coincidencias por citas correctamente referenciadas, y hasta 20 % en el caso de artículos derivados de tesis, siempre que se declare su origen y se acredite la autoría.
Las citas textuales no deben exceder ocho líneas continuas.
En caso de detectarse plagio o manipulación deliberada de autoría, el manuscrito será rechazado de manera inmediata, y, si corresponde, se notificará a la institución de procedencia del autor o autora.
El compromiso con la originalidad no solo protege la integridad académica, sino también el valor creativo del pensamiento filosófico.
E) Publicación múltiple o redundante. Los autores no deben enviar simultáneamente un mismo manuscrito a más de una revista ni publicar trabajos que reproduzcan sustancialmente los mismos contenidos en distintos medios. Esta práctica, conocida como publicación redundante o duplicada, contraviene las normas de ética editorial internacional.
Excepcionalmente, podrá autorizarse la publicación secundaria de textos traducidos o reelaborados (por ejemplo, guías metodológicas, comentarios o ampliaciones), siempre que exista acuerdo entre las revistas implicadas, se reconozca explícitamente la fuente original y se justifique su relevancia académica.
KAMAY considera la publicación ética como una forma de respeto hacia el lector, el evaluador y la comunidad científica.
F) Reconocimiento de las fuentes. Todo trabajo académico debe fundamentarse en un uso responsable, honesto y verificable de las fuentes bibliográficas y documentales. Los autores tienen la obligación de reconocer las contribuciones intelectuales de otros investigadores o pensadores que hayan influido en el desarrollo de su propio trabajo.
No se permitirá el uso de información obtenida de manera privada (como correspondencias, entrevistas o discusiones personales) sin el consentimiento expreso y escrito del interlocutor. De igual modo, no deben emplearse materiales obtenidos en procesos confidenciales (evaluaciones de artículos, proyectos o tesis) sin autorización explícita.
El reconocimiento adecuado de las fuentes constituye un principio de justicia intelectual y respeto por la tradición filosófica.
G) Autoría del documento. La autoría se limitará a un máximo de tres personas que hayan contribuido significativamente a la concepción, diseño, ejecución o interpretación filosófica del trabajo. Si existen otros participantes que hayan brindado apoyo técnico, documental o académico, deben ser reconocidos como colaboradores o contribuyentes.
El autor principal será responsable de garantizar que todos los coautores hayan revisado y aprobado la versión final del manuscrito, y que expresen su consentimiento unánime para su envío y eventual publicación.
Este principio busca evitar tanto la autoría honoraria como la exclusión indebida, fortaleciendo la transparencia y la responsabilidad compartida.
H) Conflictos de interés. Todos los autores deben declarar de manera explícita cualquier posible conflicto de interés (financiero, académico, institucional o personal) que pueda influir en la interpretación o presentación de los resultados. Igualmente, deben mencionar todas las fuentes de apoyo económico, institucional o logístico recibidas durante la investigación.
Algunos ejemplos de conflicto de interés incluyen: empleo o consultoría en instituciones relacionadas con el tema del artículo, propiedad de derechos o patentes, participación en proyectos financiados por entidades interesadas en los resultados, o relaciones personales que puedan comprometer la objetividad del análisis.
La transparencia en estos aspectos fortalece la credibilidad del trabajo y la confianza de la comunidad filosófica en la revista.
I) Errores en obras publicadas. Si un autor descubre un error o inexactitud relevante en un artículo ya publicado, tiene la obligación ética de comunicarlo de inmediato al Comité Editorial y cooperar en la corrección o retractación correspondiente.
Del mismo modo, si el error es identificado por un tercero, el autor deberá colaborar con el equipo editorial para rectificarlo con prontitud, garantizando la fidelidad y precisión de los registros académicos.
El reconocimiento y corrección de errores no constituyen una falta, sino una expresión de integridad intelectual y compromiso con la verdad.
J) Revisión de los artículos. Durante el proceso de evaluación, los autores deben atender con responsabilidad las observaciones formuladas por los evaluadores externos o pares ciegos. Toda modificación debe realizarse mediante la herramienta “control de cambios” y acompañarse de un documento explicativo que justifique cada corrección, omisión o aclaración.
El diálogo respetuoso y transparente con los evaluadores constituye una parte esencial del proceso editorial y un ejercicio de crecimiento académico compartido.
DEBERES DEL CONSEJO EDITORIAL
A) Decisiones publicación. El Editor de la Revista de Filosofía KAMAY (arbitrada por pares académicos), el Comité Editorial y el Consejo Editorial, son los responsables de decidir cuál de los artículos presentados a la revista deben publicarse. La aprobación de la obra en cuestión y su importancia para los investigadores y los lectores hacen parte de estas decisiones. El Editor se guía por las políticas del Consejo Editorial de la revista, acogiéndose a los aspectos legales vigentes en materia de difamación, violación de derechos de autor y plagio. El Editor puede acudir al apoyo de otros editores o revisores para la toma de esta decisión.
B) Juego limpio. El Editor debe evaluar manuscritos para su contenido intelectual sin distinción de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad, o filosofía política de los autores.
C) Confidencialidad. El Editor y cualquier equipo de redacción no deben revelar ninguna información sobre un manuscrito enviado, a nadie más que a los autores, revisores, potenciales revisores, otros asesores editoriales correspondientes, y al editor, si es apropiado.
D) Revelación de conflictos de intereses. Los materiales inéditos revelados en un manuscrito presentado para su publicación en la revista no deben utilizarse en investigaciones propias de un editor sin el consentimiento expreso y por escrito del La información privilegiada o las ideas obtenidas mediante la revisión por pares deben ser confidenciales y no se utilizarán para beneficio personal. Los editores no deben conceptuar sobre un artículo si considera que el documento puede generar conflictos de intereses que resultan de las relaciones o conexiones competitivas, de colaboración o de otro tipo con cualquiera de los autores, empresas, o (posiblemente) instituciones conectadas a las revistas.
E) Participación y cooperación en las investigaciones. El editor debe dar respuesta cuando se presenten quejas con relación a un artículo publicado, cuya colaboración reclame el crédito respectivo. Dichas medidas se comunicarán oportunamente al autor del artículo, además aplicará el debido proceso a la solicitud, también emitirá comunicaciones que considere pertinentes a las instituciones competentes y organismos de investigación, y si la denuncia se sostiene, la publicación debe hacer la corrección, la retracción, la expresión de preocupación, u otra nota, que pueda ser relevante para aclarar tal situación. Cada acto identificado de conductas poco éticas en la publicación será examinado, aunque sea descubierto años después de la publicación.
IDENTIFICACIÓN DE ÁRBITROS
El editor debe identificar a personas académicas adecuadas para arbitrar el artículo admitido a revisión de pares, para ello es necesario que para la selección de los revisores se deban tomar en cuenta los siguientes requisitos:
Grado académico: El grado académico que debe tener el revisor o árbitro es el grado de magíster o doctor.
Afinidad temática: Para la selección arbitral se debe considerar el criterio de que haya realizado publicaciones académicas sobre un tema similar o relacionado al artículo que va a examinar, en revistas indexadas o de alto factor de impacto.
Es importante destacar que, en el caso de un artículo que se relaciona con dos áreas académicas, se debe seleccionar un árbitro para cada una de estas áreas académicas, y que estos tengan experiencia en el tema de estudio.
DEBERES DE LOS REVISORES
A) Contribución a las decisiones editoriales. La revisión por pares ayuda al editor en la toma de decisiones editoriales y a través de las comunicaciones con el autor también puede ayudarle en mejorar la redacción y calidad del documento. La revisión por pares es un componente esencial de la comunicación académica formal, y se encuentra en el corazón de la producción intelectual. KAMAY comparte la opinión que los investigadores que deseen contribuir en las publicaciones tienen la obligación de participar justamente en procesos de revisión por pares.
B) Puntualidad. Cualquier árbitro seleccionado que no se sienta calificado para revisar el artículo debe informar oportunamente que le es imposible realizar su revisión comunicándole al editor su decisión.
C) Confidencialidad. Todos los manuscritos recibidos para su revisión deben ser tratados como documentos confidenciales. No deben ser presentados o discutidos con terceros, excepto según lo autorizado por el editor.
D) Normas de objetividad. Los comentarios deben llevarse a cabo de manera objetiva. La crítica personal al autor es inadecuada. Los árbitros deben expresar sus puntos de vista con claridad, apoyados en argumentos.
E) El reconocimiento apropiado de fuentes. Los revisores deben identificar las obras publicadas relevantes que no hayan sido citadas por los autores. Cualquier afirmación, observación, derivación, o argumento que se haya registrado previamente debe ir acompañado de la citación Un revisor también debe llamar a la atención del editor de cualquier similitud sustancial o parcial entre el manuscrito bajo consideración y cualquier otro documento publicado del que tengan conocimiento personal.
F) Revelación de conflictos de intereses. Los materiales inéditos revelados en un artículo presentado en el proceso de selección no deben utilizarse en investigaciones propias de los revisores sin el consentimiento expreso y por escrito del autor. La información privilegiada o las ideas obtenidas mediante la revisión por pares deben ser confidenciales y no se utilizarán para beneficio Los revisores no deben evaluar artículos en los que tienen conflictos de interés que resulten de las relaciones o conexiones de competencia, de colaboración o de otro tipo con alguno de los autores, empresas o instituciones relacionadas con los textos a evaluar.
PROCESO DE EVALUACIÓN POR PARES
El Editor de la revista revisa el artículo y, si cumple con las pautas básicas editoriales, lo envía a un árbitro (evaluador externo experto en el tema del artículo) bajo la modalidad de doble ciego, con el fin de garantizar la imparcialidad, objetividad y transparencia en la valoración académica de los trabajos.
En este procedimiento, tanto la identidad de los autores como la de los evaluadores se mantienen estrictamente confidenciales durante todas las etapas del proceso editorial. Los textos son remitidos a los árbitros sin información alguna que permita identificar a sus autores, garantizando que la valoración se fundamente únicamente en la consistencia argumentativa, la coherencia conceptual, la pertinencia filosófica y la originalidad del pensamiento expuesto.
Cada árbitro revisará el contenido del artículo, lo evaluará y determinará si este:
- Se publica sin ningún
- Se publica con cambios sustanciales, previa revisión y aprobación en una segunda edición.
- No se publica, cuando no cumple con los estándares filosóficos, académicos o metodológicos exigidos por la revista.
El Comité Editorial tendrá un plazo de 15 días hábiles para presentar su informe de evaluación. En el caso de que los artículos se devuelvan al autor con cambios sugeridos o sustanciales, se requerirá una segunda revisión, para ello el árbitro contará con un plazo de 10 días hábiles para emitir su opinión.
Finalizado su trabajo, el Comité Editorial de la revista se reserva el derecho de recomendar o no su publicación, dando aviso a los autores sobre su decisión.
POLÍTICAS DE CARGOS
Siendo que el fin primordial de la Revista KAMAY es motivar, promover, propiciar y estimular la publicación de trabajos filosóficos de calidad y por acuerdo del Comité Editorial, se libera del pago de publicación a autores de instituciones nacionales e internacionales, así como el cobro por ello.
Los lectores pueden, gratuitamente, descargar, almacenar, imprimir y distribuir la versión final publicada del artículo sin fines de lucro, mencionando la fuente y autoría respectiva.
Nota: Mientras el manuscrito se esté evaluando para su publicación, no podrá ser enviado a otras revistas. Una vez aprobado para publicación, todos los derechos de reproducción total o parcial pasarán a la revista “KAMAY”.
