152
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS AÑO LXXII N° 12 / 2020 ISSN 2519-7592
de acuerdo con un diagnóstico sociolingüístico previo. A partir de un protocolo
de intenciones de los ministros de Educación de los países miembros de “aportes
en el área educacional para los objetivos políticos de integración del Mercosur”
(2001, p.2), se decretó en Brasil, la Resolución n.798, del 19 de junio de 2012. Esta
Resolución crea el “Programa Escuelas Interculturales Bilingües de Frontera” (PEIBF)
como un programa de cooperación por parte de los Ministerios de Educación, que
busca garantizar el reconocimiento y preservación de la diversidad en las regiones
de frontera. Este programa tiene en cuenta los siguientes puntos: enseñanza
pautada en el bilingüismo, en la interculturalidad y que garantiza a los niños y a los
adolescentes la protección integral “a n de otorgarles un desarrollo físico, mental,
moral, espiritual y social en condiciones de libertad y dignidad” (Mercosur, 2001, p.2).
Vale recordar que el Tratado de Asunción declara, en su artículo 23, al español,
portugués y al guaraní como idiomas ociales (idem, p.5).
Las políticas contemporáneas de creación del Mercosur impulsan una serie
de medidas en los países miembros. En Brasil, se da la Ley de la Oferta de Enseñanza
del Español (Ley n. 11.161, del 5 de agosto de 2005), así como en Argentina se da
la obligatoriedad de la oferta en la enseñanza media del portugués, sin embargo,
de carácter optativo para los estudiantes (Ley n. 26.468, del 12 de enero de 2009). Y,
además, en el caso de Brasil, la Resolución n.798 trata de garantizar la articulación
“de acciones que contemplen la integración regional por medio de la educación
intercultural de las escuelas públicas de frontera, cambiando el ambiente escolar, y
ampliando la oferta de saberes, métodos, procesos y contenidos educativos” (2001, p.2).
En este sentido, los programas deben aún contemplar el fomento a la investigación,
la formación y la capacitación continuada de profesionales y la elaboración de
material didáctico concerniente a los intereses especícos de la región.
Este escenario político favoreció una atención a la planicación lingüística
y dio margen a la antigua reivindicación en las regiones fronterizas frente a la
necesidad de creación de procedimientos y procesos que contemplarán el tránsito
de lenguas y sujetos. De este modo, la instauración del PEIBF cumple la función
de normalizar el tránsito de profesionales en la frontera (el “cruce”), y crear una red
entre las escuelas participantes del programa en diferentes países, que respete
las necesidades locales. Sin embargo, pocas escuelas participan del programa y la
“Escola Municipal Candido Portinari” no está contemplada. Este recorte reside en
el hecho de que, a pesar de pertenecer a una región fronteriza y recibir un gran
número de estudiantes inmigrantes, sobre todo paraguayos, esta escuela, y otras
más, no siempre contemplan políticas adecuadas dirigidas hacia los derechos de
los inmigrantes, en el sentido de la oferta de otras lenguas y culturas. Es lo que
reivindica el estudio recién publicado de la UNILA sobre los derechos lingüísticos
de los inmigrantes en las escuelas públicas de la ciudad (Protocolo de acolhimento
de estudantes imigrantes na rede municipal de ensino) (Semed, 2020), sin embargo,
Ligia Karina Martins de Andrade