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ANEXO NORMATIVO  
1. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE FACULTAD QUE APRUEBA LA  
NUEVA CURRÍCULA DE ESTUDIOS  
2. NUEVA CURRÍCULA DE ESTUDIOS DE ESCUELA PROFESIONAL  
DE DERECHO  
3. REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS  
4. DIRECTIVAS COMPLEMENTARIAS DEL PROCEDIMIENTO PARA  
OPTAR AL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO EN LAS DOS  
MODALIDADES  
5. RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DE  
LA ESCUELA DE CIENCIA POLÍTICA Y ADMINITRACIÓN PÚBLICA  
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO  
SECRETARÍA GENERAL  
RESOLUCIÓN NRO. CU-155-2023-UNSAAC  
Cusco, 05 de mayo de 2023  
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL  
CUSCO:  
VISTO, el Oficio Nro. 052-2023-FDCS-UNSAAC, signado con Expediente Nro. 505003, cursado por el  
Dr. JOSÉ BÉJAR QUISPE, Decano (e) de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, elevando  
propuesta del NUEVO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE DERECHO  
Y CIENCIAS POLÍTICAS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, y;  
CONSIDERANDO:  
Que, La Ley Nro. 30220, Ley Universitaria, en su artículo 8° dispone: El Estado reconoce la autonomía  
universitaria como una situación inherente para ejercer sus facultades y atribuciones de conformidad  
con la Constitución; dicha autonomía se manifiesta en lo normativo, que implica la potestad auto  
determinativa para la creación de normas internas (estatuto, reglamentos, directivas, etc.) destinadas  
a regular la institución universitaria; así como también de gobierno para estructurar, organizar y conducir  
la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades; asimismo  
autonomía económica, para administrar y disponer del patrimonio institucional; así como para fijar los  
criterios de generación y aplicación de los recursos;  
Que, mediante el documento de Visto, el Dr. JOSE BEJAR QUISPE, Decano (e) de la Facultad de  
Derecho y Ciencias Políticas de la Institución, eleva la propuesta de NUEVO REGLAMENTO DE  
GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS, para su aprobación  
por el Consejo Universitario, aclarando que cuenta con la opinión favorable de la Unidad de  
Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución;  
Que, con Oficio N°043-2022-VRAC-UNSAAC de fecha 08 de febrero de 2023, cursado por la Dra.  
Paulina Taco Llave VICERRECTORA ACADÉMICA, comunicando que la Comisión Académica  
Permanente de Consejo Universitario, luego de la revisión, análisis y debate, aprobó por Unanimidad  
el NUEVO REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS  
POLITICAS, que consta de cincuenta y dos (52) artículos y tres (3) disposiciones Complementarias,  
Transitorias y Finales;  
Que, el reglamento, es el instrumento jurídico de alcance general emitido por la administración pública.  
En tanto dicha potestad se encuentra regulada por la Constitución y la Ley, es un acto cognitivo,  
resultado de un procedimiento previo, debidamente regulado. Este reglamento puede emanar de  
diferentes órganos del Poder Ejecutivo, pero también de otros organismos del Estado, constituyen una  
fuente cualitativa y cuantitativa del derecho administrativo; además son normas en sentido material y,  
en consecuencia, nunca tienen un alcance individual;  
Que, en el ámbito de la organización administrativa, viene a ser una guía práctica que se utiliza como  
herramienta de soporte para la organización y comunicación, que hace que sean de mucha utilidad  
para lograr una eficiente administración. Es considerado como un elemento más eficaz para la toma de  
decisiones, donde la institución realiza una exposición clara y precisa del conjunto de procedimientos  
a los cuales se ciñen para alcanzar ciertos estándares de calidad mediante la adopción de los  
lineamientos;  
Que, la propuesta del citado Reglamento, representa un documento técnico para regular el  
procedimiento general para la obtención del Grado Académico y Titulo Profesional en la Facultad de  
Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco; como tal se  
encuentra debidamente estructurada, cumple y determina su alcance; comprende: Cincuenta y dos (52)  
artículos, tres (3) disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales;  
Que, estando a la nota de atención N°6-2023-AL/VRAC-UNSAAC de fecha 31 de enero de 2023,  
Calle Tigre 127 Telefax: 084-224891 Apdo.926 CUSCO-PERÚ  
E-mail: secretaria.general@unsaac.edu.pe  
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emitido por el Asesor Legal del VRAC, señala que ha revisado el texto del citado Reglamento, el mismo  
que se halla dentro de los estándares de regulación reglamentaria y dentro del ordenamiento vigente;  
Que, la propuesta de Reglamento, ha sido puesto a consideración del Consejo Universitario en Sesión  
Ordinaria efectuada el día 26 de abril de 2023, siendo aprobado por unanimidad;  
Que, conforme prescribe el artículo 59.2° de la Ley Universitaria 30220, concordante con el inc. c) del  
artículo 20° del Estatuto Universitario, constituye atribución del Consejo Universitario dictar el  
Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de Elecciones y otros reglamentos internos  
especiales, así como vigilar su cumplimiento;  
Estando al acuerdo adoptado por este Órgano de Gobierno, Ley Nro. 31638, Ley de Presupuesto del  
Sector Público para el Año Fiscal 2023, Dictamen Legal Nro. 075-2023-DAJ-UNSAAC y en uso de las  
atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios;  
RESUELVE:  
PRIMERO.- APROBAR, el NUEVO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE  
DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, que comprende de: cincuenta y dos (52) artículos y tres (3)  
disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales; documento que anexo forma parte de la  
presente resolución.  
SEGUNDO.- DISPONER que la Unidad de Trámite Documentario, transcriba la presente Resolución  
a las dependencias académicas y administrativas involucradas.  
TERCERO.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones proceda a publicar la presente  
Resolución, en la página web de la Institución  
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE  
TR.:  
VRAC.-VRIN.-OCI.- FAC.DERECHO CS POLITICAS.-DPTO ACAD DERECHO.-OFICINA DE PLANEAMIENTO Y  
PRESUPUESTO.UND MODERNIZACION.-DIGA.- OFICINA DE ASESORIA JURIDICA.- OFICINA DE  
COMUNICACIÓN  
E
IMAGEN INSTITUCIONAL. EQPO GRADOS  
Y
TITULOS DE SG.- RED DE  
COMUNICACIONES.-ARCHIVO CENTRAL.-ARCHIVO.-SG/ECU/MMVZ/DKRAP.  
Lo que transcribo a usted, para su conocimiento y demás fines.  
Atentamente,  
Calle Tigre 127 Telefax: 084-224891 Apdo.926 CUSCO-PERÚ  
E-mail: secretaria.general@unsaac.edu.pe  
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DIRECTIVAS COMPLEMENTARIAS DEL PROCEDIMIENTO PARA OPTAR AL TÍTULO  
PROFESIONAL DE ABOGADO EN LAS DOS MODALIDADES  
A. En la modalidad de presentación de tesis o trabajo de investigación:  
1.  
El bachiller en Derecho que desea titularse en la modalidad de trabajo de inves-  
tigación deberá presentar el día martes de cada semana a partir de las 10:00 a.m.  
una propuesta de una lista de 10 temas de tesis o trabajo de investigación que  
pretende realizar, para ser seleccionado por el Decanato y la Dirección de la Uni-  
dad de Investigación de la Facultad, quienes seleccionarán si el tema propues-  
to es pertinente, referido al campo jurídico o político-social, trascendente en la  
solución de un problema en beneficio de la sociedad, que sea original e inédito  
para evitar plagios o duplicidad de temas.  
2.  
El tema de tesis debe tratar sobre un problema jurídico o político-social de ca-  
rácter relevante con proyección de su aplicación sea en beneficio de la sociedad.  
Debe ser claro, preciso y conciso, preferentemente una investigación de carácter  
cualitativo o mixto, propositivo, original e inédito, cuya hipótesis debe apoyarse  
en la consulta y análisis crítica de bibliografía especializada y no de temas repe-  
titivos o meramente descriptivos, de simple exégesis jurídica o de mera reco-  
pilación de datos, cuya calificación de estos temas se hará en forma presencial  
del interesado en el Despacho del Decanato juntamente que el Director de la  
Unidad de Investigación.  
3.  
4.  
Una vez aprobado el título de la tesis el interesado presentará el esquema y el  
respectivo plan de tesis con el visto bueno del Director de la Unidad de Investi-  
gación, quien aprobará el esquema de investigación para inscribirse en el Regis-  
tro de los Trabajos de Investigación de la Facultad, que corre a cargo de la Secre-  
taría Administrativa, por tanto el tesista no podrá cambiar el título de la tesis de  
manera posterior sin autorización de la autoridad de la Facultad.  
El asesoramiento de la tesis es carácter optativo y debe ser brindado por un do-  
cente de la especialidad y de manera general por la Dirección de la Unidad de  
Investigación de la Facultad que es la encargada de brindar el asesoramiento en  
el desarrollo formal de los trabajos de investigación.  
B. En la modalidad de Trabajo de Suficiencia Profesional:  
1.  
El bachiller en Derecho que pretende titularse como abogado en esta modali-  
dad, al momento de presentar su solicitud para ser declarado apto deberá acre-  
ditar haber laborado después de haber egresado por lo menos un año en alguna  
dependencia pública o privada brindando apoyo en materia de asesoría o labor  
jurídica en las Salas o Juzgados del Poder Judicial, Despachos Fiscales, depen-  
dencias públicas o privadas que cuenten con servicio de asesoría jurídica. Para  
tal efecto deberá presentar el respectivo certificado de trabajo. Aclarando que  
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2.  
dicha labor es distinta al servicio de SECIGRA Derecho o práctica externa que  
se exige para optar al título profesional de abogado de manera extracurricular.  
La cronogramación para los exámenes de abogado se realiza a inicio del año  
académico, la que es aprobada a propuesta del Decano por el Consejo de Facul-  
tad con el carácter de inalterable, no se aceptan permutas, salvo casos excepcio-  
nales debidamente justificadas las que serán atendidas por el Decanato.  
3.  
4.  
Si el interesado no se presenta a recibir los expedientes judiciales en la fecha  
programada, perderá la oportunidad concedida, debiendo pasar a la programa-  
ción del siguiente año.  
Los expedientes judiciales que recibe el bachiller en Derecho serán de los archi-  
vos del Poder Judicial o del banco de expedientes judiciales fenecidos de la Fa-  
cultad, pagando los respectivos costos. Dicha entrega se hará con los docentes  
designados por el Decanato para los efectos de su selección.  
5.  
6.  
Recibido los expedientes judiciales, el interesado deberá preparar los respecti-  
vos informes de cada uno de ellos en el término y forma que establece el Re-  
glamento de Grados y Títulos, dicho informe debe ser prolijo conteniendo los  
comentarios o la crítica analítica de carácter doctrinario, legislativo, jurispruden-  
cial, tanto de la parte sustantiva como procesal de la materia de litis que contine  
cada expediente judicial, lo que será tomado en cuenta por el jurado examina-  
dor designado en el examen de abogado.  
Es obligación del interesado exigir que finalizado el examen dichos expedien-  
tes entregados al jurado examinador sean devueltos de manera inmediata a la  
Secretaría Administrativa de la Facultad para organizar el banco de expedientes  
judiciales fenecidos, sin cuya devolución no se procederá el trámite administra-  
tivo de otorgamiento de título profesional.  
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