El medio ambiente y la Constitución Política de 1993, revisión y perspectivas
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Continuando la Constitución Boliviana del año 2009 cuenta con un total de 411
artículos sobre su Constitución Ecológica se puede afirmar que es específica y porme-
norizada en todos los ejes desarrollados incluso estableciendo que podrían usarse en
otro análisis como el establecimiento de un juzgado especializado en materia Agroam-
biental, sobre el derecho a vivir en un ambiente Sano esta la encontramos como un de-
recho especifico de todos los ciudadanos y de la población indígena, sobre los recursos
naturales los articulados son amplios y su desarrollo es especializado desarrollando de
forma constitucional temas como son los hidrocarburos, los recursos mineros, recursos
hídricos, energía y Biodiversidad, siendo así la naturaleza de su Constitución Ecológi-
ca, también brinda protección a nivel constitucional del medio ambiente, otorgando
deberes al Estado y a los ciudadanos, finalmente sobre el desarrollo sostenible si se
menciona explícitamente este término en los artículos mencionados en la tabla 1 en
resumen la Constitución Ecológica de Bolivia tomando en cuenta solo los ejes descri-
tos conforma el que es el 4.62% de todo el texto constitucional que son 19 artículos
(Constitución Política del Estado Boliviano, 2009).
Prosiguiendo con el desarrollo la Constitución Política de Brasil del año 1988
cuenta con un total de 245 artículos, sobre la conformación de su Constitución Ecológi-
ca, se desprende que el artículo 225 es de suma importancia hecho que comparte con
la Constitución argentina, en el mencionado artículo se encuentra desarrollados todos
los ejes propuestos menos el de política ambiental que en su texto constitucional no
aparece solo se encuentra ampliamente desarrollada la política agrícola, sobre el de-
sarrollo sostenible también se aprecia la omisión explicita del uso de este término solo
se deduce de la interpretación del artículo 225, para el final es necesario hablar de la
protección al medio ambiente que brinda esta Constitución que es amplia en la tabla
1 se mencionan los artículos que hablan de la protección directa que le da el Estado
al Medio ambiente también existe artículos donde se menciona de una protección in-
directa de este y los recursos naturales cuando se desarrolla ciertas actividades como
la salud dando así un amplio rango para la protección del medio ambiente, siendo así
que son 8 los artículos de los 225 conformando así el 3.56% del total (Constitución Po-
lítica de la República Federativa del Brasil, 1988).
En la Constitución de Chile de 1980 con su última actualización en el 2010 cuenta
con 129 artículos, sobre el derecho a vivir en un ambiente equilibrado, este se encuentra
en el artículo 19 que tienen una construcción similar a la Constitución peruana es así que
este derecho esta inscrito en el inciso 8, y en el artículo 20 se encuentra de forma espe-
cífica que para el caso del Derecho antes mencionado se pueden interponer recursos de
protección, sobre el desarrollo sostenible no se hace mención solo hay una aproximación
al tema en el artículo 111, finalmente sobre los recursos naturales y política ambiental no
se encuentra el texto constitucional chileno en la medida que el inciso 8 del artículo 19
faculta que existan leyes específicas para la protección del Medio ambiente, es así que
solo un porcentaje mínimo del texto constitucional puede ser considerado Constitución
Ecológica siendo solo el 1.55% de todos los artículos, ahora bien es necesario resaltar que
en Chile se está llevando un proceso constituye para el cambio de su Constitución que es
materia de este análisis (Constitución Política de la República de Chile, 1980).
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
AÑO LXXVI – Nº 14
ISSN 2519-7592