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REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS AÑO LXXI N° 11 / 2019 ISSN 2519-7592
MUjERES, DERECHO Y PODER
ESTUDIO DE PRESENTACIóN
Lisbeth Núñez Andía
(1)
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, Perú
vel Humberto Valer Bellota
(2)
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, Perú
El discurso jurídico y político dominante ha sido elaborado desde una
posición masculina, de hombre blanco, decente, propietario, correcto. Las visiones
que se alejan de esa perspectiva son despreciadas como una rareza anecdótica. Este
imaginario jurídico patriarcal ha tenido como resultado la exclusión de los puntos
de vista sobre el Estado y el Derecho de las mujeres, y la expulsión del campo de las
ciencias del Derecho de los temas de investigación que interesan a las mujeres.
La resistencia intelectual de las corrientes jurídicas feministas ante esta
exclusión y olvido ha sido impresionante
(3)
y ha tenido repercusión en la teoría
y las funciones del Derecho, en las materias que se enseñan en las universidades
más importantes del mundo, y también en la reforma de la ley y en el juzgamiento
(Wacks, 2017). Varias doctrinas han sido desarrolladas acerca del Derecho y
el Estado desde la perspectiva crítica de las mujeres partiendo –solo por citar
algunas– de la escuela feminista de la igualdad, pasando por la del liberalismo
y el comunitarismo, las propuestas socialistas, y varias otras, hasta llegar al
feminismo postmoderno.
Esta respuesta académica, junto con la acción de los movimientos sociales,
ha tenido repercusión práctica en el reconocimiento de derechos especícos y
el establecimiento de un sistema internacional de protección y promoción de
las mujeres, que complementa el marco de protección general de los derechos
(1) Master Universitario en Igualdad de Género especialista en Derecho, Mujeres y Desarrollo por
la Universitat Jaume I, España. Email: lisandia21@gmail.com
(2) Profesor titular de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de San
Antonio Abad del Cusco. Doctor por la Universidad del País Vasco (Dpto. de Dcho. Constitucional,
Administrativo y Filosofía del Derecho). Email: pavel.valer@unsaac.edu.pe
(3) Para el caso de Perú, el impacto de la teoría feminista del poder y del Derecho en las políticas
públicas y la reforma del Estado puede apreciarse en el Informe de seguimiento a los compromisos
adquiridos en la Plataforma de Acción de Beijing – Perú Beijing (MESAGEN, 2015)
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humanos. En 1979 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas Discriminación contra la
Mujer (CEDAW). En 1993 la Conferencia Mundial de Derechos Humanos sancionó
la Declaración y Programa de Acción de Viena reconociendo expresamente que
los derechos de las mujeres son parte imprescindible de los derechos humanos.
En 1995 la IV Conferencia Internacional de la Mujer proclamó la Declaración
y Plataforma de Acción de Beijing en la que se rearma el compromiso de los
Estados de garantizar la plena aplicación de los derechos humanos de las mujeres y
las niñas como parte inalienable, integral e indivisible de todos los derechos humanos
y libertades fundamentales”. En 1994 la Organización de los Estados Americanos
(OEA) aprobó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra la Mujer, Convención “Belém do Pará”, tratado vinculante para
el Estado peruano (Peralta & Farfán, 2016, pág. 118).
Estos progresos legislativos internacionales, que son el sentido común
jurídico respecto a las mujeres, se ven opacados en su implementación práctica por
parte de los Estados. El descuido de los derechos sociales, económicos y culturales,
además de la supresión o la debilitación de la participación política en varios
países de América Latina, son la causa de graves vulneraciones de los derechos
fundamentales de las mujeres, en especial del derecho a la seguridad física.
A esto se suman las condiciones herederas de las estructuras sociales
coloniales que acentúan esta situación de vulnerabilidad. Las barreras estructurales
que entorpecen el goce de derechos por parte de las mujeres pueden ser detalladas
en el siguiente listado (UNIFEM, Et. Al, 2002, págs. 21-24):
a) Las normas sociales y tradiciones que legitiman la desigualdad. Creencias
que consideran aceptable que las mujeres tengan un trato desigual, que
sean consideradas inferiores a los hombres, dependientes de sus parien-
tes masculinos y no como personas autónomas con plenos derechos.
b) La falta de reconocimiento de las desventajas de la mujer y su experien-
cia distinta en la vida. Por ejemplo, la mujer sufre la pobreza de manera
diferente y más intensa que el hombre, es más vulnerable a la pobreza
crónica por la desigualdad en la distribución de los ingresos, los sistemas
tributarios y el control de la propiedad.
c) La subrepresentación de la mujer en los procesos de toma de decisiones.
El papel de la mujer está ligado a la esfera doméstica y privada de la vida
familiar, mientras que el hombre domina la esfera pública de la vida políti-
ca, civil y la del mercado, extendiendo su autoridad más allá de la familia.
d) El estatus desigual de la mujer en las relaciones familiares. Los Estados mu-
chas veces no se hacen responsables de los abusos sufridos por las mu-
jeres en la esfera doméstica. La mujer es responsable primaria de la edu-
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cación y cuidado de los hijos, de los familiares ancianos, de los enfermos.
Mientras, el hombre es el que controla los gastos del hogar y distribuye los
ingresos de manera desigual.
e) La globalización económica y sus efectos diferentes en términos de géne-
ro. La mujer es usada como un amortiguador social que asume de mane-
ra desproporcionada la tarea de llenar los vacíos causados cuando el Esta-
do se retira o disminuye su participación en los servicios sociales.
Es claro entonces que es necesaria una perspectiva de género en el estudio
del Derecho en acción que explique la manera en la que losderechos se implementan,
o se dejan de obedecer, en la realidad social y la práctica jurídica cotidiana.
Por ello, en este número se presentan artículos que ejemplican la
entereza intelectual de los movimientos feministas desde distintos enfoques,
teóricos y pragmáticos sobre la relación MUjERES DERECHO Y PODER en Perú y América
Latina. Estas investigaciones se ocupan de las formas que adopta el Derecho ante
las mujeres, los discursos sobre ellas desarrollados por la jurisprudencia, la ley, la
teoría del Derecho, y la cultura jurídica en la escena contemporánea.
El dossier MUjERES DERECHO Y PODER busca exponer, visibilizar, así
como sensibilizar, en el ámbito universitario y de los movimientos sociales, la
investigación y la incorporación de las representaciones de las mujeres y del
feminismo sobre el Derecho y el poder político (y también el Estado). Estos temas
han sido tradicionalmente aislados en la oscuridad de los campos subordinados
de la Academia, a pesar de que son cuestiones de grave actualidad y de enorme
importancia para el desarrollo y la emancipación social.
El Estado Constitucional de Derecho necesita de la realización práctica
de los derechos fundamentales de todas las personas como un requisito
indispensable de su existencia. Sin embargo, se constata en la realidad que las
mujeres han sido instaladas en una situación de exclusión y vulnerabilidad
organizada por el sistema social, político, cultural y económico predominante.
Son necesarias nuevas propuestas para superar dicha situación desde
el campo de investigación del Derecho y la Ciencia Política, y para ello son
imprescindibles el conocimiento del sistema de construcción cultural de la
diferenciación sexual, el estudio de los enfoques feministas sobre el poder,
y como éste clasica a los ciudadanos respecto a su género, a su vez que la
institucionalización del poder permite o restringe la presencia y la representación
de las mujeres en el ámbito público. Se trata seguidamente de presentar una
aproximación básica a la descripción teórica de cómo actúa la diferencia y la
identidad de género en la sociedad patriarcal, las nociones sobre la ciudadanía
y la intervención de las mujeres en la formación y gestión del poder político, y su
crítica desde las corrientes feministas.
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1. El sistema sexo-género
Desde que nacemos somos identicados como hembra o macho. La
cultura, según esta identicación, asigna determinadas jerarquías, posiciones,
roles, actitudes, comportamientos y un deber ser de género.
El estudio de la variable sexo-género se inicia en los años 70 del anterior
siglo. El concepto de sexo queda adscrito a las consideraciones de tipo biológico y
sobre el género se toma la propuesta de Simone de Beauvoir quien lo conceptúa
como una construcción cultural, asignada de acuerdo al sexo (a cada sexo le
corresponde un género de manera natural e incuestionable”).
El sexo es la dimensión física del género (los discursos, y representaciones
se apropian del cuerpo identicándolo con marcadores). Entonces ¿el sexo
crea al género o es el género el que crea al sexo?, o acaso ¿todo es género? Los
comportamientos de los seres humanos no pueden ser sólo resultado de su carácter
biológico, pero tampoco pueden ser resultado exclusivo de la cultura (es decir de
las normas jurídicas, sociales, religiosas, tradiciones, reglas, roles y jerarquías). Así
entre naturaleza (sexo) y cultura (género) la división no parece tan clara ya que
ambos son biológicos y sociales simultáneamente.
Joan Scott (1990) plantea que el género es un elemento constitutivo de las
relaciones sociales basadas en las diferencias que distinguen a los sexos, y que es
una forma primaria de relaciones signicativas del poder.
(4)
Por su parte, para Ju-
dith Butler (1997 y 2003) no existe la categoría de género de carácter universal, sino
ésta dependerá del contexto social y cultural, se transforma en razón de la etnia, la
religión y la cultura.
Gayle Rubin (1986) dene el sistema sexo-género como la organización de
relaciones sociales que transform a la sexualidad biológica en un producto de la
actividad humana. Esta intelectual pone énfasis en las características estructurales
del sistema sexo-género y crítica la división sexual del trabajo que asigna los roles
reproductivos al género femenino y los roles productivos al género masculino.
Desde un enfoque materialista histórico
(5)
las relaciones de sexo y género
son relaciones que forman parte de la estructura y la clase constituye un elemento
que sirve de análisis de estas relaciones estructurales. El sexo y el género no son
neutros tienen clase social. Si bien la clase no funciona igual para los hombres
(4) Para esta autora hay cuatro elementos interrelacionados que conforman el género
(p. 45-46): (1)
Símbolos que evocan representaciones; (2) Conceptos normativos de tipo religioso, legal, cientíco o
político que arman categórica y unívocamente el signicado de varón y mujer, masculino y femenino; (3)
Nociones políticas, instituciones, organizaciones (familia, mercado de trabajo, educación y política; (4)
Identidad de género: individual y colectiva.
(5) Rubin critica el análisis del materialismo que ignora la existencia de otros sistemas de producción
(además del capitalista), y que ignora el dominio de género limitándose al análisis del dominio de clase
en la sociedad capitalista.
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que para las mujeres, tampoco podemos entender al género femenino de manera
homogénea, el abordaje de la problemática universal de la subordinación de la
mujer requiere del elemento clase.
El análisis de género requiere de la interrelación de tres elementos: género,
clase y etnia, que convergen para el análisis de las desigualdades sociales. La clase
y el reparto del poder corresponden a una jerarquía determinada –los hombres y
las mujeres son denidos no sólo por su género sino por su posición social– tanto
por factores estructurales (modo de producción) y por factores superestructurales,
culturales (género y etnia).
El sistema sexo-género permite la comprensión de las prácticas sociales
de diferenciación entre varones y mujeres en las diferentes culturas, y permite
cuestionar la naturalización de la división sexual del trabajo como una construcción
histórica-cultural de mutua dependencia. La sociedad y la historia se basan en una
construcción del hombre y la mujer como seres socio-sexuales, así su posición
desigual se explica a través de las relaciones entre los sexos como un sistema de
poder socio-sexual.
2. Teorías feministas del poder
La teoría política tradicional se ha ocupado extensamente del poder, en
la mayoría de los casos colocando el foco de análisis en su naturaleza, condiciones
de ejercicio y consecuencias, sin considerar explícitamente el género de los sujetos
comprometidos en las relaciones de poder como un dato relevante.
Desde una perspectiva feminista conocer la realidad social implica analizar
las relaciones sociales entre varones y mujeres en tanto campo de ejercicio del
poder. La condición y objetivo del feminismo puede ser denido como la alteración
del balance de poder entre varones y mujeres en las diferentes sociedades. En
consecuencia, las feministas se ven enfrentadas a la tarea de revisar las deniciones
existentes del poder y proponer alternativas viables. En este sentido, la reexión
acerca del poder y la construcción social de identidades de género son elementos
claves en la distribución de recursos políticos, económicos y culturales entre los
miembros de una sociedad. En palabras de Mackinnon (1989) se trata de analizar
cómo el poder social da forma a la manera en que conocemos y cómo la manera en
que conocemos da forma al poder social en términos de la desigualdad entre mujeres
y hombres”. Se trata de estudiar la importancia que tiene la jerarquía de género
para la relación entre el conocimiento y política, de la política sexual en el nivel de
epistemología” (p. XI).
El feminismo cuestiona las relaciones discriminatorias establecidas entre
hombres y mujeres a través de siglos en desmedro de éstas, aunque incorporadas
y asimiladas por ambos mediante su reiterada repetición en la vida cotidiana, y
acuñadas como naturales” por la fuerza de la costumbre, de las tradiciones, de la
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cultura de ese modo creada y recreada. Sólo la deconstrucción de esta cultura hará
posible la construcción de otro tipo de relaciones y abrirá caminos para establecer
nuevos roles más equitativos entre varones y mujeres. Se trata de un proceso
simultáneo de deconstrucción-reconstrucción de todos los procesos sociales para
la transformación de la cultura y de la base misma de la organización social.
El análisis social de género intenta alcanzar los cimientos de la cultura
del poder patriarcal, que fue heredado y desarrollado por el capitalismo. De ahí
su fundamental importancia para un replanteamiento profundo del conjunto de
relaciones e interacciones de una sociedad dada, y del poder, en el sentido de
posibilidad de construcción de un nuevo proyecto social.
A continuación, se propone una clasicación tentativa de los tipos de
deniciones del poder, con la nalidad de esquematizar las posiciones teóricas,
con la dicultad de la gran variedad de teorías no hace posible acomodarlas
estrictamente en los tipos propuestos.
2.1 El poder con acento en el conicto
La mayoría de los autores liberales y marxistas han conceptualizado al
poder como una posesión (de un individuo o de un grupo) cuyo ejercicio es el
resultado de una situación de conicto de intereses. En este tipo de abordajes
se dene al poder como poder sobre” otros y otras. En este caso, el poder es un
instrumento utilizado por quien lo detenta para lograr que otros(as) hagan algo
que de otra manera no harían. Este tipo de deniciones son llamadas también
instrumentales.
Desde esta perspectiva el poder es concebido como posesión, es
observable y mensurable en la medida en que afecta la conducta de las personas.
Algunas feministas utilizan este tipo de denición para explicar la subordinación
social de las mujeres. El elemento común a estos abordajes es una denición
del patriarcado como poder de los varones sobre las mujeres, la explotación
económica de los maridos sobre las esposas, el rol de las mujeres en la reproducción
de la población y la construcción de la sexualidad para explicar la reproducción del
poder masculino.
Una crítica que se planteó a estos abordajes es que en tanto los varones
detentan poder, se representa a las mujeres como un grupo social impotente.
2.2. El poder como capacidad
El poder desde esta perspectiva, no se maniesta en situaciones conictivas
ni es propiedad de un individuo. Ana Arendt ha elaborado una denición muy
inuyente del poder como capacidad, que permite distinguirlo de la violencia,
la fuerza y la autoridad: “Cabría decir que el poder es siempre un poder potencial y
no una intercambiable, mensurable y conable entidad como la fuerza. Mientras que
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ésta es la cualidad natural de un individuo en aislamiento, el poder surge entre los
hombres cuando actúan juntos y desaparece en el momento en que se dispersan”
(6)
.
Desde esta perspectiva el poder surge cuando las personas actúan en conjunto
y no cuando se enfrentan unas a otras. El poder es “poder para llevar adelante
un proyecto colectivo, en contraste con la denición anterior de poder sobre”
otros(as) (Archenti,1994).
La denición del poder como capacidad es utilizada por aquellas feministas
que se oponen a la representación de las mujeres como un grupo social falto de
poder. El poder en tanto instrumento de un individuo o grupo para imponer su
voluntad sobre otros es considerado un producto masculino. De modo que para
superar la subordinación de las mujeres es necesario construir un poder feminista
que constituya una alternativa al existente: el poder para, el poder concebido
como posibilidad de realización.
La suposición es que las mujeres comparten experiencias de subordinación
que las colocan en una posición privilegiada para elaborar un nuevo tipo de poder
a partir de la superación de la dominación sistemática que han experimentado. Una
de las críticas más importantes que se han planteado a estas propuestas sostiene
que invisibiliza los diferentes grados de subordinación que pueden experimentar
las mujeres, en tanto son consideradas un grupo homogéneo que comparte
experiencias uniformes. Otra crítica relevante apunta a la esencialización y jación
de las diferencias entre varones y mujeres que puede conducir a la exacerbación
del sexismo.
2.3. El poder como práctica
El autor más inuyente para los que conceptualizan el poder como
práctica es Michel Foucault. Una de las caracterizaciones propuestas por este autor
es la siguiente:
“Omnipresencia del poder: no porque tenga el privilegio
de reagruparlo todo bajo su invencible unidad, sino porque se está
produciendo a cada instante, en todos los puntos, o más bien en
toda relación de un punto con otro. El poder está en todas partes; no
es que lo englobe todo, sino que viene de todas partes” (Cfr. Mende,
2000).
En consecuencia, la omnipresencia del poder no se piensa como posesión,
sino que atraviesa todas las relaciones sociales; no existe un ámbito privilegiado de
producción de poder, sino que se reproduce a medida que se ejercita en distintos
terrenos; hay una distinción entre quien detenta el poder y quien está sujeto a él;
se enfatiza el carácter productivo del poder, más allá de su expresión represiva.
(6) ARENDT, A. La condición humana. Edit. Paidós Barcelona. 1998, pág. 223
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Las apropiaciones feministas de esta teoría revelan que tanto el abordaje
del poder con acento en el conicto como aquel con acento en la capacidad puede
resultar estrecho y restrictivo, por lo que proponen superar ambas posibilidades
analizando la forma en que estas concepciones son complementarias y el modo
en que sería posible avanzar en el debate explorando los múltiples modos de
manifestación del poder.
3. La ciudadanía política y social democrática desde la perspectiva
de género
El concepto de ciudadanía se ha construido como resultado de conictos
ideológicos desde el paso de una sociedad estamental a una sociedad moderna. En
el siglo XVIII, con las revoluciones burguesas, la noción de ciudadanía signicaba
garantías individuales frente al ejercicio del poder político, y hoy la institucionalidad
de las democracias liberales signica participación en el poder político.
En el siglo XIX la ciudadanía política clásica liberal se nutrió de la disputa
por el reconocimiento de derechos económicos y sociales. En el siglo XX, frente
a la creciente desigualdad social y las contradicciones entre el capitalismo y la
democracia, se reconoce que los derechos económicos, sociales y culturales
constituyen una de las dimensiones de la ciudadanía de todos por igual. Sin
embargo, esta dimensión igualitarista que no reconoce la diferencia de género, es
la que brinda el terreno propicio para invisibilizar a las mujeres ante la sociedad,
ante los Estados y, mucho más grave aún, ante ellas mismas como portadoras y
merecedoras de derechos (Vargas, 2000).
En su nacimiento la ciudadanía civil fue idealizada. Su expresión era el
derecho de propiedad y los derechos que de él se derivaban, los cuales no eran
extensivos a la mujer. El impacto de la ciudadanía civil fue que ese derecho de
propiedad exclusivo de los hombres tenía su correlato en la mayor dependencia
de las mujeres, así como el surgimiento de dos esferas lo privado, doméstico y
femenino, y la esfera masculina que denía los principios, económicos, políticos y
fundamentales.
La ciudadanía es una categoría que no se puede medir única y
exclusivamente desde la persona individual, sino que responde a las características
de exclusión e inclusión comunitaria y a las condiciones históricas y actuales en las
que se perla y ejerce. Aunque la ciudadanía no tiene sólo referencia al Estado, es
éste el que otorga o reconoce derechos ciudadanos.
Es indudable que mientras más democráticos sean la sociedad y el Estado,
más posibilidades existirán de reconocimientos ciudadanos, en ese sentido una
condición para el ejercicio fundamental de la ciudadanía es la vigencia de un
sistema político democrático. La ausencia de éste, la existencia de ciudadanías
tuteladas, quita a la ciudadanía su potencial emancipatorio. La recuperación de la
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democracia da la posibilidad de imaginarse nuevos derechos y recuperar algunos
perdidos en períodos autoritarios (Dasso & Montaño, 1990).
El desarrollo y expansión de los derechos ciudadanos puede darse por
decisión de las elites dominantes desde arriba o por presión desde abajo, o por
combinación de ambos, es decir han sido derechos conquistados u otorgados.
Puede haber estrategias de construcción ciudadana que asuman una perspectiva
de liberalización sin democracia o, por el contrario, de liberalización democrática
(Vargas & Olea, 1997).
La vigencia del sistema democrático para el ejercicio de la ciudadanía de
las mujeres no sólo se inscribe en el campo de lo público y la política formal, sino
que exige una redenición de lo privado, terreno desde donde se excluye a las
mujeres de tener derechos. Promover la democracia en el ámbito de la vida privada,
la intimidad, la relación sexual y de la vida reproductiva, amplía y reestructura el
proyecto republicano.
Una comprobación de las décadas pasadas en América Latina es que el
autoritarismo político restringe las expresiones de las mujeres y de sus posibilidades
de construir alternativas transformadoras. La democracia sigue siendo el terreno
por excelencia para negociar las diversidades, develar las desigualdades y para
reconocer los intereses y propuestas que expresan las diferencias de poder, clase,
etnia, edad, discapacidad, opción sexual. (Vargas & Olea, 1997)
Pero si bien la democracia es el terreno por excelencia para construir y
alcanzar la ciudadanía plena, no siempre hay una relación directa entre democracia y
ciudadanía. Experiencias en América Latina demuestran que regímenes autoritarios
o dictatoriales pueden avanzar en otorgar algunos derechos ciudadanos (por
ejemplo, planes alimentarios o sanitarios), al mismo tiempo que restringen otros
(libertades políticas y/o de expresión). Al hacerlo, la ciudadanía puede fácilmente
convertirse en reejo autoritario, creando más bien el terreno para manipular o
convertir los derechos en caridades. Generalmente, es la ciudadanía de las mujeres
la que tiene más posibilidades de ser manipulada de esta forma porque se refuerzan
los estereotipos de obligaciones domésticas.
Uno de los ejemplos más saltantes es el gobierno autoritario de Fujimori
que creó el Ministerio de la Mujer y Promoción Social, rmó los compromisos
de Beijing (fue el único presidente varón que asistió a la conferencia), pero
fomentó profundas contradicciones y fracturas en los movimientos sociales de
base: apoyó con recursos, pero también utilizó y manipuló. En palabras de una
activista popular:
…Como mujer yo creo que debe buscarse la equidad
de genero, que no está reconocida e instalada, y como dirigente
de organizaciones creo que el estado debe reconocer estas
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organizaciones como un capital social…que pueden contribuir
con el estado…que no lo vean a los movimientos de mujeres
como una mercancía que se puede voltear la mirada en época
electorales, que pueda ver como un capital social que pueden ser
grandes aliados en la cogestión…en luchar contra la pobreza,
los movimientos sociales pueden apoyar, que lo vean como una
mirada más valorativa…no como de forma instrumental….
nosotros nos sentimos así, en épocas electorales nos dan, nos
escuchan nos dan estos espacios, pero cuando no, tenemos que
hacer presión fuerte para que nos escuchen…. Maria Bozeta
Presidenta Federación de Mujeres organizadas en Centrales
de Comedores Populares Autogestionados y Anes de Lima
Metropolitana
(7)
.
La ciudadanía engloba los derechos de todos los ciudadanos en tanto
son iguales en el ejercicio de sus derechos civiles, sociales y económicos. Por otro
lado, el clientelismo signica la participación de un ciudadano no por su condición
de tal sino por su carácter utilitarista. La exclusión promueve la existencia de una
ciudadanía que se activa únicamente para proveerse de bienes sociales o de
prestaciones o de compensaciones materiales, su criterio de elección no es libre y
está condicionado a proporcionarse un cierto bienestar y constituye una estrategia
de sobrevivencia para el excluido y un mecanismo de dominación por parte de
cierta clase política.
Esta conciencia débil del derecho a tener derechos aminora la relación
entre democracia y ciudadanía, al distorsionar el sentido de derechos, lo cual
ha provocado lo que Virginia Vargas (2002) llama una esquizofrenia ciudadana”:
avanzar desde los gobiernos algunas leyes y reconocimientos políticos hacía las
mujeres, paralela a una política manipuladora y clientelista, especialmente hacia
las más pobres, a través de las políticas de alivio de la pobreza.
La denición y redenición de los derechos económicos y sociales desde
la perspectiva de género, es un paso signicativo en el desarrollo de la conciencia
del derecho a tener derechos de las mujeres. El contribuir a desarrollar un escenario
favorable al reconocimiento de la integralidad de los derechos humanos de las
mujeres, por parte de la sociedad civil y de los Estados, es fundamental. Como
se señala desde el feminismo, evidenciar la estrecha relación de los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales con la ampliación de los espacios y la conciencia
democrática enriquece y fortalece la institucionalidad y estructura de una
democracia participativa y scalizadora.
(7) La Federación de Mujeres Organizadas en Centrales de Comedores Populares Autogestionarios y
anes de Lima Metropolitana FEMOCCPAALM es una organización social de base. Representa a 37,500
mujeres organizadas en dos mil comedores populares. Entrevista realizada en 2009
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3.1. Perspectiva feminista de la ciudadanía
El feminismo como pensamiento político nació al mismo tiempo que la
idea de igualdad y su relación con la ciudadanía se plantearon por primera vez en el
pensamiento europeo
(8)
, partía de dos ideas: igualdad y libertad. Pero para efectos
de construir una ciudadanía el único referente y destinatario era un tipo de hombre
(varón blanco y propietario), y la dimensión privada que limita a las mujeres en su
acceso ciudadano no tenía relevancia. En los paradigmas de esta modernidad, las
relaciones sociales entre los sexos se denían como parte del orden natural. Se
pensaba que la situación de las mujeres no era política sino natural, por tanto, si la
desigualdad no tenía origen político, entonces no podía tener soluciones políticas,
era una desigualdad natural (Valcarcel Valente 1997).
La lucha de las mujeres por la igualdad tenía como referencia el modelo
de igualdad propuesto por los hombres, lo que era incompatible con la equidad de
género. En ese sentido, reivindicar la igualdad como medio para llegar al mismo
lugar del otro al que por denición se le atribuía una naturaleza superior, contenía
en sí mismo una antinomia.
El movimiento feminista hoy no tiene ya el modelo de la igualdad clásica.
Está convencido ahora de que las posibilidades de alcanzar la igualdad implican
la tarea de deconstruir y transformar el modelo dominante de igualdad que se
presentaba como proyecto de un sujeto universal (Avila, 1999).
Según Virginia Vargas (1997) las dos aproximaciones problemáticas desde
la perspectiva feminista a la ciudadanía son:
- La aproximación liberal, construida en base a miembros individuales, que
asume la ciudadanía como conjunto de expectativas mutuas entre los
individuos/as y el Estado. El individuo es ubicado como entidad abstracta
(sin tomar en cuenta todos los accesos diferenciados al Estado que existen
entre la gente a raíz de sus diferencias).
- La aproximación comunitaria y del “Republicanismo cívico”, que plantea que
los individuos son construidos por sus comunidades, sus colectividades,
(8) La Declaración de Gouges es la primera manifestación de las mujeres en reclamo de sus derechos
de igualdad. Olimpia de Gouges redacta la primera declaración de los derechos de la mujer y la ciuda-
dana y se declara que “la mujer nace libre y debe permanecer e igual al hombre en derechos. Se trata
de una declaración que feminiza la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Consta de
diecisiete artículos constituye una respuesta a la invisibilidad de que era objeto la mujer.
La Declaración de Gouges expresa el reclamo de los derechos de la mujer en el ámbito público y priva-
do, especialmente el derecho al voto, el derecho a la propiedad libre de la tutela del varón, el acceso a
al educación su presencia en los diferentes cargos públicos y en el ejercito, igual poder en la familia y
en al iglesia. Un aspecto importante fue el reconocimiento de la personalidad política de las mujeres
como parte integrante del pueblo soberano y por lo tanto su derecho a voto, lo cual generaría una rama
importantísima en la Historia de las mujeres: el sufragismo.
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sus pertenencias a categoría sociales. Por ello, incluso existiendo derechos
formales para todos, el acceso al Estado y a otras políticas se mantienen
diferenciados. Es su membresía a categorías sociales o colectividades
especícas la que determina sus derechos y no la existencia de individuos
atomizados y aislados, que se desarrollan de forma separada en su relación
con el Estado.
Otras, como la perspectiva maternalista
(9)
, plantean precisamente todo lo
contrario pues la relación maternal no es una relación entre iguales, que es la base
fundamental para relaciones ciudadanas. De allí que bosquejan la ampliación de las
dimensiones ciudadanas a partir de las carencias y expropiaciones que han sufrido
históricamente las mujeres, principalmente la dimensión sexual de las ciudadanías.
Asumir el eje de la ciudadanía, desde la perspectiva feminista democrática, también
ha implicado la modicación de muchos de los paradigmas tradicionales de la
política (entre ellos el determinismo de la clase en la construcción de lo político y
en la construcción ciudadana).
La ampliación de los derechos ciudadanos a áreas que afectan a toda la
humanidad ha sido posible también por los movimientos de solidaridad global
(ecologistas, pacistas, etc). En un mundo globalizado, estos asuntos tan globales
como el globo mismo forman derechos que son “patrimonio de la humanidad” tales
como sustentabilidad de la vida humana, problemas ambientales, control frente
a la proliferación de armamento, etc. (De Souza Santos (1998). Hoy, los diferentes
tipos de feminismo inciden en estas múltiples dimensiones, tanto a través de
sus propuestas como movimiento social especíco, como a través de su activa
participación en estos otros movimientos sociales. Estas dinámicas en lo global
son consideradas, por muchos como sociedades civiles en construcción, con la
consiguiente lucha por una ciudadanía también de carácter global.
Los feminismos han aportado mucho a esta dimensión global de la
ciudadanía para conseguir justicia en aquellos temas/luchas que los Estados
nacionales no pueden o no quieren responder. Es el caso de la gran campaña por
una Convención de derechos sexuales y reproductivos en la OEA, que cumple la
misma función que tiene la Convención de Belem do Para en los casos de violencia
contra la Mujer. En lo nacional y en lo global, la lucha por la ciudadanía genera
un terreno de disputa entre sociedad civil y Estado, por contenidos y alcances
democráticos, frente a su carácter aun restringido, parcial, excluyente.
La participación política de la mujer fue, durante muchos años, el
área menos desarrollada de los estudios feministas. Mientras existían avances
signicativos en los estudios sobre las mujeres en la producción social, en las
cuestiones de la salud, sexualidad, derechos reproductivos, violencia, quedó
(9) Enfoque que exalta como parte de la naturaleza propia de las mujeres aspectos vinculados al rol
maternal, como la nutrición y el cuidado, transriéndolas a lo social y político.
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relegada a un segundo plano la problemática del accionar político. En América
Latina la controversia acerca de la exclusión de las mujeres de la esfera pública y de
los estudios de la Ciencia y de la Sociología Política empezó a surgir tímidamente
en la década de 1980. Estos estudios se desarrollaron con mayor énfasis debido a la
presencia de las mujeres en los movimientos sociales y organizaciones sindicales y
feministas de luchas democráticas.
4. Participación de las mujeres en el Estado y en las instituciones
políticas formales
El discurso y la práctica del feminismo latinoamericano ha sido atravesado
desde mediados de los ochenta por la discusión relativa a las estrategias frente al
Estado (considerándolo un ente patriarcal y capitalista). Esta visión ha sido com-
plejizada al punto de entenderlo como un conjunto de discursos e instituciones
producto de las dinámicas de las luchas políticas. Frente al Estado el feminismo
pretende el acceso al poder político para cambiar las relaciones de poder sociales y
culturales. En este abordaje se han combinado propuestas con métodos y estrate-
gias moderadas con el objetivo de acceder a las instituciones del Estado a n de
incorporar la dimensión de género.
En una primera etapa de este proceso, de acuerdo a una visión crítica, el
logro solo fue la obtención de un espacio formal e institucional en el Estado, no
pasó de una mera formalidad al no conseguir la transversalidad necesaria en la
formulación e implementación de políticas públicas a favor del cambio de las rela-
ciones sociales patriarcales. ¿Por qué sucedió esto?
Uno de los obstáculos fue (y es) la escasa presencia de mujeres en los prin-
cipales órganos de decisión como el parlamento, o en otros poderes del Estado. Y
otro de gran importancia es la escasa existencia de movimientos sociales de mu-
jeres que se organicen en torno a necesidades estratégicas de emancipación y no
solo de reivindicaciones inmediatas.
Otro obstáculo reside en que el movimiento feminista no ha logrado rec-
oger todas las sensibilidades, intereses y demandas de las mujeres, en un universo
tan diverso como es cada uno de los países de América Latina. Las contradicciones
existentes, de clase, de raza, de etnia, con las diferencias de necesidades e intereses
que implican, no han podido encontrar un punto común y sumar esfuerzos en una
causa general de las mujeres.
Si bien ha habido algunos avances, la institucionalización de la presencia
de las mujeres en los órganos de decisión política está aún en un grado incipiente
de desarrollo. Aún, en el discurso que desenvuelven las instituciones públicas y los
personajes con poder, puede verse claramente cómo pervive el imaginario político
de la imagen de la mujer como un objeto de protección, relegada a su papel de
madre y como incapaz.
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Lisbeth Núñez Andía / Pavel H. Valer Bellota
Colocar los intereses de las mujeres en el primer plano de las políticas
públicas debería implicar un cambio legislativo, una reforma en las costumbres, en
la identidad, los valores. Todo ello requiere de una voluntad política rme sensible
al género y, además, de una movilización de recursos sucientes para hacerla efec-
tiva.
La representación ha sido históricamente un rasgo de la democracia liber-
al y ha sufrido una transformación paralela a la ampliación de la ciudadanía (desde
la representación de hombres/propietarios hasta la representación de las mujeres,
negros, analfabetos homosexuales, etc). En un proceso que ha durado siglos, las
formas de representación excluyente y antidemocrática se han ido ampliando a
partir de las luchas de los actores por acceder al espacio y reconocimiento político.
Y si bien la representación ha sido expresada históricamente por los partidos políti-
cos en su función mediadora entre la sociedad civil y el Estado, es justamente esta
representación política la que entra en crisis ante la enorme debilidad y descrédito
de los partidos y los actores políticos (al menos en Perú).
Las dos formas de representación que están en la base de las políticas de
armación positiva son representación de identidades y representación de intere-
ses. La representación de las identidades se fundamenta en la noción de solidar-
idad entre quienes comparten una subjetividad (el supuesto es que si es mujer
defenderá los intereses de las mujeres”). Eso pone en evidencia, las nociones de
esencialismo, pues recurre a un grado de identicación-solidaridad basado en el
imaginario, estereotipos, y caracteres que precisamente son las causas de la propia
subordinación.
No se trata sólo de la presencia de mujeres en el ámbito público, sino la
presencia de una posición política, de un hacer diferente, y de la representación de
intereses complejos y no muy claros, mutables y en constante proceso de desarrol-
lo y priorización. Se trata entonces de conciliar posiciones vitales en la política, las
demandas democráticas más generales y los intereses de las mujeres. Es posible
que una forma de resolver esta complejidad de intereses sea democratizar el siste-
ma electoral dando espacio a los partidos regionales y locales para que el Estado
esté más cerca de la multiplicidad de intereses,
Existen también falencias en la preparación de los cuadros políticos y de las
posibles candidatas mujeres que frecuentemente no tienen una visión de género o
una militancia en el movimiento feminista sino una militancia partidaria y, por tanto,
sus lealtades son hacia su partido, o en todo caso carecen de formación política e
ideológica y les da igual presentarse por un partido/agrupación que por otro.
Son varias las tareas pendientes como denir cuáles son los intereses de
género (sin caer en la homogeneidad), así como generar una estrategia nacional
para potenciar el liderazgo y la participación política. Se deben poner esfuerzos
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privados y públicos en trabajar en el fortalecimiento de las organizaciones sociales
de las mujeres de base, pero es imprescindible también una apertura por parte
del feminismo académico hacia los nuevos feminismos populares, y también el
feminismo indígena. Es posible, aunque también un sueño, la creación de partidos
feministas que representen tanto los intereses democráticos como los de género.
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