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REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS AÑO LXX N° 10 / 2018 ISSN 2519-7592
9. Principio del contexto: Necesidad no solo de examinar “qué
hicieron” sino “por qué lo hicieron”
Lo preocupante es que solo se ve los actos de protesta en forma
aislada y no se ve las razones que impulsaron esa protesta, cual es la violación
sistemática de los derechos de los pueblos indígenas, la contaminación del
hábitat de estos pueblos y la amenaza a la subsistencia de los mismos. El
problema de fondo como muy bien lo plantea el argentino GARGARELLA
2007 es que muchos sectores, como por ejemplo los que protestaron en
el Baguazo, encuentran graves dicultades para tornar audibles sus voces y
llamar la atención del poder político. Ante ello, algunos sobre todo desde el
Estado, ven con un solo ojo el problema. Solo ven las protestas como la del
Baguazo, y no quieren ver la sistemática y grave violación de los derechos
de los pueblos indígenas que ellos vienen denunciando. Ven un grupo de
personas que actúan con la intención de cometer crímenes cuando en
realidad en muchos casos solo hay la “desesperada necesidad de tornar visibles
situaciones extremas que, aparentemente, y de otro modo, no alcanzarían a
tener visibilidad pública”
(45)
.
Todo esto exige mirar las protestas sociales, de otra manera, no de
forma aislada sino mirar el contexto en que estas ocurren. En tal sentido, ya
no basta preguntarse qué medidas de fuerza han realizado, sino por qué han
recurrido a estas medidas. Por eso que se exige “mirar el contexto”. Como señala
GARGARELLA 2005, “Una democracia representativa decente no puede
convivir con la exclusión sistemática de ciertas voces, y mucho menos con
la marginación de ciertas voces que tienen mensajes muy importantes para
trasmitir. Cuando ello ocurre, el sistema institucional pleno comienza a viciarse,
y las decisiones que se adoptan pierden –cada vez más imparcialidad y, por lo
tanto, respetabilidad”
(46)
.
Añade GARGARELLA (2005) que “Lo que se exige, más bien, es un cambio
de perspectiva capaz de obligarnos a leer los principales conictos sociales a los
que nos enfrentamos de otro modo, esto es, menos como una nueva afrenta de
un grupo de aprovechadores, y más como la respuesta angustiosa de grupos que,
sistemáticamente, no encuentran salida a sus problemas ni respuesta para sus
reclamos. En denitiva, debemos empezar a reconocer que forma parte del propio
deber cívico de los excluidos el de extremar sus esfuerzos para tornar reconocibles
sus demandas, y evitar que el poder político siga decidiendo de un modo parcial,
miope. Al mismo tiempo, forma parte del deber cívico de los funcionarios públicos
el reconocer estas circunstancias, y extremar sus esfuerzos para resolverlas,
(45) Esta idea son desarrolladas en el libro: Roberto Gargarella, el derecho a la protesta, ADE HOC,
primera reimpresión, Buenos Aires 2007.
(46) Gargarella, Roberto. El derecho a la protesta: El primer derecho, Buenos Aires,Ad-Hoc,
2005, p. 61.
¿Cómo Diferenciar Medidas de Fuerza “Legítimas” en el Marco del Ejercicio de Protesta de Actos Criminales de Vandalismo?